Jdo. de Letras de Constitución

A.F.P. PROVIDA S.A. CON ARRIENDO DE MAQUINARIAS JC RENTAL LIMITADA

Rol

P-427-2019

Fecha

18 de marzo de 2022

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, con fecha 21 de febrero de dos mil veintidós, comparece don OSCAR SILVA PIZARRO, rut 13.450.717-9, abogado, en representación según mandato judicial acompañado, de Arriendo de Maquinarias JC RENTAL Limitada, opone excepción de “El pago de la deuda” (art 464 n°9 del CPC) manifestando que varias de las cotizaciones que se ejecutan en autos, están canceladas y esto se demuestra del email y liquidación enviada por la ejecutante con fecha 23 de noviembre de 2021, la cual fue cancelada y que no se cuenta en autos, documento de pago que se acompañara en la etapa probatoria respectiva.- Asimismo opone excepción del N° 5 “La concesión de esperas o prórroga del plazo” ( art 464 n° 11 CPC) señala que con la ejecutante acordaron poner fin a este juicio, en forma extrajudicial realizando una repactación de la deuda, después de varias conversaciones sostenidas en forma telefónica y de acuerdo a la documentación que enviada, cuyo documento será firmado una vez que habrá sus oficinas en Talca dentro del mes de marzo. Señala que se han mantenido conversaciones entre las partes, y esto se demuestra del email de fecha 26 de enero del presente donde se solicita la liquidación y la ejecutante responde , y envía la liquidación. SEGUNDO: Que, conferido el traslado se tiene evacuado en rebeldía del ejecutado. TERCERO: Que, no habiéndose acreditado por el ejecutante la efectividad de haber enterado el pago a la entidad previsional ejecutante, a través de los correspondientes comprobantes de pagos o comprobantes de transferencia, es que se rechazará la incidencia de pago incoada, por no constar el pago efectivo de las cotizaciones señaladas por la ejecutada. CUARTO: Asimismo en los correos acompañados por la parte ejecutada, no se desprende de modo alguno de los correos acompañados, que la entidad de cobranza judicial CobraCall Spa por A.F.P Provida haya convenido “La concesión de esperas o prórroga del plazo” siendo del todo insuficiente los correo

Fallo

SE RESUELVE: TRSXYXFMFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl Que, SE RECHAZA la incidencia de pago y concesión de esperas o prorroga de plazo promovida por la parte ejecutada con fecha 21 de febrero del presente, sin costas. RIT: P-427-2019 RUC: 19-3-0224698-2 Proveyó doña MARÍA CAROLINA ALIAGA NAVARRO, Jueza del Juzgado de Letras de Constitución, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Constitución a dieciocho de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. /jcd 2022-03-18T11:45:03-0300

Texto Completo (Preview)

Constitución, dieciocho de marzo de dos mil veintidós. Resolviendo excepciones promovidas con folio 28 con fecha 21 de febrero de dos mil veintidós: VISTO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, con fecha 21 de febrero de dos mil veintidós, comparece don OSCAR SILVA PIZARRO, rut 13.450.717-9, abogado, en representación según mandato judicial acompañado, de Arriendo de Maquinarias JC RENTAL Limitada, op

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