SIN INFORMACION

BAHAMONDES/BANCO DEL ESTADO DE CHILE

Rol

Fecha

11 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece doña Macarena Bahamondes Velozo, secretaria, domiciliada en pasaje Raúl Leal sin número, sector Tringlo B, Lago Ranco, quien deduce acción constitucional de protección en contra del Banco Estado S.A., representado legalmente por doña Jessica López Saffie, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins Nº 1.111, Santiago, en atención a que el actuar ilegal y arbitrario del recurrido atenta contra su garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N° 24 de la Carta Fundamental. Funda su recurso en que el 11 de enero de 2022 abrió la cuenta de ahorro Premium N° 32762354461, depositando mediante transferencia $1.000.000 y al día siguiente otros $500.000, sin que la cuenta registrara movimientos durante más de un año. Agrega que el 1 de febrero de 2023 realizó un giro por $850.000 y, en la tarde del mismo día, la cartola de la cuenta de ahorro daba cuenta de un interés de $161, un abono de $1.054.859 y otro interés de $19.794, con un saldo total de $1.724.814. Refiere que efectuadas las consultas, en el banco recurrido le indicaron que el saldo de la cuenta era correcto, por lo que el 3 de febrero de 2023 realizó un asegundo giro por la suma de $500.000, quedando un saldo de $1.224.814. Indica que ese mismo día el banco abonó la suma de $204.859 y efectuó un cargo por $1.054.859, quedando un saldo de $374.814. Sostiene que en los días posteriores consultó a los canales de atención del banco, sin resultados positivos, pese que el recurrido aprobó arbitrariamente una trasferencia desde una cuenta de ahorro, sin informar a su titular. Arguye que el actuar ilegal y arbitrario descrito atenta contra su derecho de propiedad, desde que se realizó un cargo unilateral en su cuenta de ahorro que no encuentra sustento en el contrato de cuenta de ahorro premium, ni en la intervención de terceros, por lo que el banco ha infringido su deber de resguardo y custodia. En definitiva, solicita se acoja el recurso y se ordene al recurrido dejar sin ef

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el acto cuya ilegalidad y arbitrariedad se reprocha por esta vía consiste en que el banco recurrido efectuó un cargo en la cuenta de ahorro de la actora por la suma de $1.054.859, sin que existiera autorización de la titular o la intervención de terceros. El objeto del presente recurso es el siguiente: “…dejar sin efecto el cargo realizado en la cuenta de Ahorro Premium vulnerando y amenazando el derecho de propiedad, y que reintegre el valor $1.054.859 pesos” (sic). SEGUNDO: Que, para la resolución de la presente controversia cabe tener presente que el ordenamiento jurídico contempla las acciones que se pueden ejercer en sede administrativa y judicial, frente al incumplimiento de un contrato celebrado con una institución bancaria, así como la eventual responsabilidad civil derivada de aquello, estableciendo procedimientos reglados, con plazos, oportunidad y órganos competentes diferenciados, según las hipótesis que se invoquen. TERCERO: Que, las cuestiones que por esta vía se han planteado se encuentran debidamente cubiertas por el Código Civil, o bien, por la Ley N° 19.496, así como demás normas que regulan la actividad bancaria, no siendo el recurso de protección el mecanismo idóneo para resolver si el recurrido incumplió el contrato que vincula las partes, en el entendido que el ordenamiento jurídico contempla las acciones concretas para tal fin. CUARTO: Que, en las circunstancias antes indicadas, surge que la discusión de fondo que plantea el presente recurso exige determinar el dominio del dinero ($1.054.859) que fue objeto de un cargo o ajuste contable, controversia que atendida su naturaleza no corresponde a una materia que pueda ser dilucidada por medio de la presente acción cautelar, ya que ésta no constituye una instancia de declaración de derechos, sino que de protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria y, por ende, en situación de ser amparados, presupuesto que en la especie no concurre. QUINTO: Que, atendido lo razonado, el presente recurso de protección no se encuentra en condiciones de prosperar, sin perjuicio, de otras acciones que pudieren corresponder a la recurrente ante la judicatura competente.

Fallo

Por lo expuesto, y visto además, lo dispuesto por en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Macarena Bahamondes Velozo, en contra del Banco Estado S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-154-2023.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, once de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece doña Macarena Bahamondes Velozo, secretaria, domiciliada en pasaje Raúl Leal sin número, sector Tringlo B, Lago Ranco, quien deduce acción constitucional de protección en contra del Banco Estado S.A., representado legalmente por doña Jessica López Saffie, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins Nº 1.111, Santiago,

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