SIN INFORMACION

JAIME ANTONIO IRRIBARRA VENEGAS/EDGARD HERNÁN GUTIÉRREZ PEREIRA

Rol

Fecha

11 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece José Orlando Fernández Palma, abogado, deduciendo recurso de protección en favor de don Jaime Antonio Irribarra Venegas, comerciante, en contra de Edgard Hernán Gutiérrez Pereira, ignora profesión u oficio, domiciliado en Avenida Carlos Pratt Nº 471, comuna de Coronel. Señala que con fecha 6 de abril del presente año al revisar el recurrente las redes sociales, se percató que existen publicaciones coloquialmente conocidas como “funa” en su contra, en la red social INSTAGRAM, desde la cuenta “edgard_guty”, de la cual es titular el recurrido Edgard Gutiérrez Pereira. En dichas funas el recurrido publica fotos y un video del local comercial del recurrente, el que cuenta con sus respectivos permisos municipales, siendo el giro de dicha microempresa el de “Compra y venta de tambores plásticos y de cartón”, siendo en este contexto que el recurrido lo acusa publicando y viralizando desde su perfil de INSTAGRAM lo siguiente: “Ahora ya no tenemos paz, la luz del sol no llega a casa de mi mamá y se toman parte del terreno de abuelita. Llevan años robando de la pesquera Camanchaca. Son parte de junta de vecino dónde han sacado lucas de los proyectos de mejora del barrio. A las 3 y 5 de la mañana empieza el tráfico de tambores para que nadie vea lo que hacen, bastante ruido mi abuela de 87 años la despiertan y no puede dormir con los ruidos molestos a las 3 AM. Nos han insultado de manera muy vulgar. Hasta mostrando el permiso municipal, que terrible el municipio autoriza un galpón industrial en pleno paño urbano. Y lo terrible es que ahora mis padres busquen un hogar donde arrendar porque no se puede vivir en paz. Y mal @coronelmuni con sus inspectores con poco criterio y seriedad”. Sostiene que a raíz de estas publicaciones injuriosas que mantiene en su perfil el recurrido, las que han sido publicadas de manera masiva en distintos grupos de INSTAGRAM, es que de forma ilegal y arbitraria se ha dañado gravemente a su representado, tanto en su honra, como en la de su familia, además de su credibilidad y honestidad con acusaciones falsas, sin ningún fundamento, difundiendo una mala fama comercial respecto de su pequeño emprendimiento, el que es el sustento de su núcleo familiar. Indica que estas publicaciones injuriosas y calumniosas han causado en el recurrente pérdidas en sus ventas, ya que, las personas no compran ni comprarán tambores supuestamente robados o adquiridos al margen de la ley. Es más, afirma que en este momento el recurrente está siendo cuestionado por sus demás vecinos a raíz de estas acusaciones, siendo dañado en su entorno social, lo cual también le acarrea perjuicios familiarmente, con sus amistades y la comunidad, considerando la gravedad del delito que se le imputa. Estima que el actuar del recurrido importa la vulneración del derecho del respeto a la honra y a la vida privada del recurrente y su núcleo familiar, consagrado en el artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la Republica. Así l

Fallo

Por estas consideraciones, normas citadas y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que SE RECHAZA, sin costas y por falta de oportunidad, el recurso de protección interpuesto por el abogado José Orlando Fernández Palma en favor de Jaime Antonio Irribarra Venegas, en contra de Edgard Hernán Gutiérrez Pereira. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 14 del referido Auto Acordado. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redactada por el ministro señor Jordán. Rol 5638-2023 – Protección.-

Texto Completo (Preview)

Concepción, once de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece José Orlando Fernández Palma, abogado, deduciendo recurso de protección en favor de don Jaime Antonio Irribarra Venegas, comerciante, en contra de Edgard Hernán Gutiérrez Pereira, ignora profesión u oficio, domiciliado en Avenida Carlos Pratt Nº 471, comuna de Coronel. Señala que con fecha 6 de abril d

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