SIN INFORMACION

CHARLES / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de FRANTEAU CHARLES, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por no admitir a trámite su solicitud de residencia definitiva, fundando en que registra medida de abandono del país vigente en su contra, lo que afecta su garantía constitucional del artículo 19 N° 7 de la Carta Fundamental. En cuanto a los hechos señala que teniendo residencia temporaria comenzó la tramitación de su permanencia definitiva, sin embargo, con fecha 11 de abril de 2023 se le notificó que no fue posible admitirla a trámite por registrar una medida de abandono del país vigente en su contra, y que consultando las razones de aquella medida obedecen a su no comparecencia a una audiencia judicial a la que fue citado, sin embargo, alega nunca haber tomado conocimiento de aquello. Solicita, en definitiva, que se ordene a la recurrida dejar sin efecto la orden de expulsión del país y que se le permita tramitar la residencia definitiva. A folio 6, evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción, por no existir acto u omisión que pueda ser calificada como arbitraria o ilegal que perturbe la libertad personal y seguridad individual del amparado. Refiere que con fecha 14 de octubre de 2022 el extranjero solicitó reconsideración de la Resolución Exenta N° 130.307 de fecha 14 de octubre de 2021, que dispuso su abandono del país, y que, de conformidad al artículo 140 de la Ley N° 21.325 los recursos administrativos suspenden los efectos de los actos administrativos, en este caso el que dispuso el abandono, no existiendo a su respecto vulneración a la libertad personal o seguridad individual. Que con fecha el recurrente solicita permanencia definitiva por carta Correo, y mediante Resolución Exenta N°130.307 de fecha 14 de octubre de 2021 del Departamento de Extranjería y Migración se rechazó la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, disponiendo su abandono del pa

Fundamentos

considerando: Primero: Que se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°130.307 de fecha 14 de octubre de 2021 del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó su solicitud de permanencia definitiva, disponiendo su abandono del país dentro del plazo de 15 días, fundado en que desde el 06 de junio de 2020 se encuentra rebelde en causa penal seguida en su contra por delito de amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar y se decretó el sobreseimiento de la causa, con posterioridad a su incorporación al registro de prófugos. Segundo: Que, la recurrida solicita el rechazo de la acción, por cuanto la Resolución impugnada en estos autos se dictó conforme a la normativa vigente al momento de su dictación, esto es, la antigua ley de migraciones decreto Ley N° 1.094 y su reglamento, que dispone en caso de rechazar una solicitud como la del actor se debe disponer el abandono del país del solicitante. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes acompañados, aparece que la Resolución Exenta N°130.307 de fecha 14 de octubre de 2021 dictada por la recurrida, rechaza la solicitud de residencia presentada fundado en lo establecido en el artículo 63 de la Ley 1.094, en relación con sus artículos 15 N° 2 y 64 N°1, por haber demostrado el solicitante una conducta que vulnera los bienes jurídicos e intereses protegidos por el Estado. Asimismo, consta en autos, la notificación de la mencionada Resolución, acompañándose el envío de la carta al domicilio indicado por el actor en su solicitud. Cuarto: Que, de esta manera no se advierte la existencia de algún acto ilegal por parte de la autoridad recurrida que devenga en una afectación a la libertad individual de la amparada, toda vez, que han actuado dentro del ámbito de sus atribuciones y de conformidad a la normativa vigente a la época de su dictación.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido a favor de FRANTEAU CHARLES, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. No sujeta a anonimización. N°Amparo-957-2023. En Valparaíso, once de mayo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de FRANTEAU CHARLES, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por no admitir a trámite su solicitud de residencia definitiva, fundando en que registra medida de abandono del país vigente en su contra, lo que afecta su garantía constitucion

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