MUÑOZ LEYTON JOSE/TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICADE CHILE - (LTE)
Rol
Fecha
11 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que el comparece Alejandro José Polloni Erazo, en representación del ejecutado José Pascual Muñoz Leyton el Sr. Juez Tesorero Provincial de Las Condes, en el expediente administrativo N°503-2008 Las Condes y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 21 de marzo de 2023, por medio de la cual no se concedió un recurso de apelación en circunstancias que lo estima procedente. Menciona como antecedentes de su recurso, que promovió un incidente de abandono de procedimiento, atendida la inactividad del Servicio de Tesorería por más de tres años, sin embargo, este fue denegado mediante resolución de 14 de marzo de 2023. Indica que el día 15 de marzo del presente año dedujo recurso de apelación en contra dicha resolución, sin embargo, el Juez Sustanciador, no dio lugar al recurso de apelación, por improcedente, fundado principalmente en que, en este tipo de procedimientos, no se contempla la existencia de recursos contra las resoluciones dictadas en relación con la petición ventilada. Argumenta que en este procedimiento resultan aplicables las normas del Código de Procedimiento Civil, entre ellas las de abandono de procedimiento. Además, que los actos que efectúa el Juez Sustanciador son de carácter judicial y no administrativo. En consecuencia, solicita tener por interpuesto el presente recurso de hecho, y en definitiva declare admisible el recurso de apelación deducido por su parte. Segundo: Que, informando don David León Atinao, Tesorero Provincial de Las Condes y Juez Sustanciador, relata que el contribuyente promovió un incidente de abandono de procedimiento, petición que fue rechazada el 14 de marzo de 2023. Agrega que el 15 de marzo, se dedujo un recurso de reposición con apelación subsidiaria, los cuales fueron rechazados por improcedentes el ía 21 de ese mes y año. Funda el rechazo, en lo informado por el abogado del Servicio de Tesorerías que, en términos generales, indica el legislador no ha contemplado para la prime
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido en representación del ejecutado José Pascual Muñoz Leyton, en los autos administrativos Rol N° 503-2008 Las Condes, del Tesorero Provincial de Las Condes y en contra de la resolución de 21 de marzo de 2023, en consecuencia, se declara que se concede en el solo efecto devolutivo el recurso de apelación deducido con fecha 15 de marzo de 2023, en contra de la resolución de 14 de marzo del mismo año. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo para los fines pertinentes. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Civil-4485-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de mayo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que el comparece Alejandro José Polloni Erazo, en representación del ejecutado José Pascual Muñoz Leyton el Sr. Juez Tesorero Provincial de Las Condes, en el expediente administrativo N°503-2008 Las Condes y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 21 de marzo de 2023, por medio de la cu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica