PEÑAILILLO / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
11 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1 se deduce acción constitucional de amparo en favor de Kevin Peñailillo Hormazabal, quién actualmente cumple condena privativa de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Sostiene que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, ha determinado que el amparado permanezca privado de su libertad ambulatoria en forma ilegal y arbitraria, toda vez que ha exigido requisitos que exceden aquellos fijados en el Decreto Ley N° 321 de 1925, y sus modificaciones. Pide se otorgue al amparado el beneficio de libertad condicional, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por la ley para ello. Expone que el amparado, de 31 años, cumple la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio como autor del delito de robo con intimidación; y cumpliendo el saldo de pena de 203 días. (pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de robo con intimidación); que registra como fecha de inicio de condena el 19 de julio de 2016, fecha término de condena el 20 de diciembre de 2024 y tiempo mínimo para acceso a libertad condicional se cumplió el 03 de diciembre de 2022. Su calificación de conducta no ha variado al menos durante el último año, manteniéndose su conducta como muy buena, conforme a la ficha de información penal de Gendarmería de Chile donde se reportan solo las calificaciones de los últimos 6 bimestres, siendo calificados todos estos como muy buena, registrando a lo menos 6 calificaciones continuas con nota máxima. A folio 4, informa la recurrida Comisión de Libertad Condicional, se adjunta copia de la resolución que por esta vía se impugna, la que señala como fundamento: “Que teniendo en consideración que el informe de postulación psicosocial a que se refieren los artículos 12 y 14 del Decreto N° 338, resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad, pues da cuent
Fundamentos
considerando el mérito del informe no recomienda acceder al beneficio, siendo posible concluir que no cumple con las exigencias establecidas en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 321”. A folio 5, evacúa informe el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso. A folio 6, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que, por medio de la presente acción, se cuestiona la legalidad del Ord. N°270-2023, de fecha 6 de abril de 2023, emanada de la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó la postulación al beneficio de la libertad condicional del amparado, por los fundamentos señalados en la mencionada resolución, la que fue acompañada en estos autos y dicen relación con la evaluación referida en los artículos 2° numeral primero y 4° del Decreto Ley N° 321 y el artículo 12 del Decreto Supremo N° 338 del Ministerio de Justicia publicado el 17 de septiembre de 2020. Segundo: Que, a juicio de estos sentenciadores, la acción presentada no resulta idónea para revisar el mérito de lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, en cuanto a la apreciación de los avances en el proceso de reinserción social del amparado, toda vez que refleja un juicio de ponderación sobre aspectos de fondo; correspondiendo únicamente verificar el cumplimiento de los requisitos objetivos establecidos en el DL N°321 y su reglamento, cuya infracción no se denuncia en la especie, motivo por el cual se desestimará el recurso.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Kevin Peñailillo Hormazabal, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Se previene que el Ministro Suplente Sr. Maggiolo, quien concurre al rechazo de la acción por cuanto la decisión de la Comisión recurrida se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile, y no se advierte ilegalidad alguna en su decisión. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-980-2023. No sujeto a anonimización.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS: Que, a folio 1 se deduce acción constitucional de amparo en favor de Kevin Peñailillo Hormazabal, quién actualmente cumple condena privativa de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Sost
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