BOBEDA./SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLIC
Rol
Fecha
10 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1°.- Que, comparece el abogado don Pablo Daniel Peñaloza, quien por sí y a favor de Wilfrido Daniel Bobeda, de nacionalidad paraguaya e interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, por la omisión ilegal y arbitraria en la digitalización del estampado electrónico de visa de residencia temporaria, solicitada con fecha 24 de febrero de 2021, y con ello impedir conculcar el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Refiere que su representado ingresó al país en calidad de turista y con fecha 24 de febrero de 2021 solicitó beneficio migratorio de visa temporaria según consta en el comprobante de solicitud Nº24787. Posteriormente, el recurrente recibió en 2 oportunidades la notificación de pago de los derechos correspondientes a la solicitud, las cuales diligentemente procedió a pagar el 7 y 9 de diciembre de 2021 y el 9 de septiembre de 2022, estando dentro de tiempo y plazo. No obstante lo anterior, es que desde el momento que se materializó el pago, el recurrente no ha podido tener acceso al estampado electrónico que lo haga titular de la visa otorgada, dejándolo en situación de total incertidumbre, y por demás con un acto administrativo inconcluso, pues no tiene disponible la digitalización del estampado de su visa. Estiman que de acuerdo a los hechos antes descritos, las garantías y derechos constitucionales que resultan afectados lo son por la omisión arbitraria e ilegal por parte del recurrido en el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta a las solicitudes de visas de residencia temporaria, y sin que la autoridad administrativa haya cargado los estampados electrónicos que le permitan ser titulares de las visas oto
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el deducido por el abogado e don Pablo Daniel Peñaloza a favor de Wilfrido Daniel Bobeda en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile. Notifíquese, regístrese y, en su oportunidad, archívese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección. Redacción del Ministro titular Guillermo Arcos Salinas. Rol N° 456-2022-Protección
Texto Completo (Preview)
Chillán, diez de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: 1°.- Que, comparece el abogado don Pablo Daniel Peñaloza, quien por sí y a favor de Wilfrido Daniel Bobeda, de nacionalidad paraguaya e interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álva
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