3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

BANCO DE CHILE/PAZ

Rol

Fecha

10 de mayo de 2023

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA SIN COSTAS

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: Primero: Que, se alzó en apelación el apoderado de la parte demandada, José Francisco Rodríguez Moraga, en contra de la resolución de fecha 23 de febrero del presente, que no dio lugar a la solicitud de su parte de tener por pagado el crédito, por no encontrarse íntegramente pagada la deuda, solicita se revoque, resolviéndose en su lugar que se deja sin efecto la certificación practicada al folio 92 de autos y que se acoge lo solicitado en su escrito de folio 88. Al fundar su arbitrio procesal, indica que en virtud de la liquidación de fecha 17 de enero del presente, se determinó como crédito adeudado al día 17 de enero del mismo año, el monto equivalente a $3.752.659 pesos y, constando en autos pagos realizados por su representado por la suma de $3.785.760 pesos el día 7 de febrero en curso, se desprende que la deuda se encuentra completamente pagada, en una suma que es incluso superior a la indicada por la referida liquidación. Segundo: Que, para una adecuada resolución del asunto, bien cabe precisar ciertos hechos procesales relevantes: 1.- Con fecha 30 de diciembre de 2021, se dictó sentencia definitiva, por la cual se condenó al demandado a pagar al demandante la suma de $8.555.026.-, con los reajustes correspondientes a la variación que experimente el índice de precios al consumidor e intereses corrientes para operaciones no reajustables, ambos desde la notificación de la demanda, hasta el mes anterior en que se realice el pago y al pago de las costas de la causa; 2.- Con fecha 21 de febrero de 2022, se decretó el cumplimiento con citación, de la referida sentencia; 3.- Con fecha 17 de enero de 2023 se liquida el crédito, el que asciende a la suma adeudada de $3.785.756; 4.- Con fecha 30 de enero de 2023, la parte ejecutada objeta la liquidación del crédito; 5.- El 17 de febrero del presente, el tribunal resuelve el incidente de objeción de liquidación, acogiéndola y efectuando en la misma resolución una nueva liquidació

Fallo

se declara: Que se confirma, sin costas, la resolución de veintitrés de febrero de dos mil veintitrés, dictada en la causa Rol C-5008-2019 del Tercer Juzgado Civil de esta ciudad. Notifíquese y devuélvase vía interconexión. Redacción del ministro Mauricio Silva Pizarro. Rol N°790-2023.- Civil.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, diez de mayo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo únicamente presente: Primero: Que, se alzó en apelación el apoderado de la parte demandada, José Francisco Rodríguez Moraga, en contra de la resolución de fecha 23 de febrero del presente, que no dio lugar a la solicitud de su parte de tener por pagado el crédito, por no encontrarse íntegramente pagada la deuda, s

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