BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/TERCER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE SANTIAGO
Rol
Fecha
10 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE Primero: Que comparece Marcelo Eduardo Rojas Barrera, abogado, en representación del Banco Crédito e Inversiones (BCI), demandante en procedimiento sobre Ley Nº 20.009, que establece un régimen de limitación de responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, rojo o fraude sustanciados ante el 3º Juzgado de Policía Local de Santiago, causa rol Nº 7863-2022, caratulados “Banco de Crédito e Inversiones con Vílchez Martínez”, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución pronunciada el 27 de enero de 2023, escrita a fojas 38, que denegó el recurso de apelación subsidiario interpuesto por su parte en contra de dos resoluciones, el que pide se conceda. Refiere que se alzó en contra de las resoluciones del 9 y 18 de enero de 2023, la primera que decreta “autos para fallo” y la segunda que rechazó su solicitud de suspensión del comparendo estilo fijado para el 9 de enero de 2023, fundado en que ambas “alteran gravemente la substanciación del juicio haciendo imposible su continuación regular, faltando nada menos que el emplazamiento a la parte demandada, causando grave perjuicio” a su parte. Explica que al encontrarse pendiente la notificación de la demanda interpuesta el 18 de agosto de 2022, el tribunal con fecha 9 de noviembre de 2022 accedió a la reprogramación de la audiencia de contestación, conciliación y prueba, por estar pendientes las respuestas de los oficios dirigidos al SERVEL y Servicio de Impuestos Internos tendientes a obtener el actual domicilio de la demandada para tal fin, de los que a la fecha de la celebración de la nueva audiencia no estaban disponibles y es por ello que solicitó nueva fecha, lo que le fue denegado decretando además “autos para fallo”, omitiendo el trámite esencial del emplazamiento. La negativa en la concesión del recurso se basó en que las resoluciones recurridas no son de aquellas definidas en el artículo 32 de la Ley N° 18.2
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido por el abogado Marcelo Eduardo Rojas Barrera, en representación de la parte demandante en contra de la resolución de veintisiete de enero de dos mil veintitrés, de fojas 38, y en consecuencia, se concede el recurso de apelación deducido en contra de las resoluciones de fechas nueve y dieciocho de enero de dos mil veintitrés, debiendo el tribunal a quo ordenar la remisión de los antecedentes a esta Corte para su conocimiento y resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Policia Local-839-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de mayo de dos mil veintitrés. Al folio 22; a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE Primero: Que comparece Marcelo Eduardo Rojas Barrera, abogado, en representación del Banco Crédito e Inversiones (BCI), demandante en procedimiento sobre Ley Nº 20.009, que establece un régimen de limitación de responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pag
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