SIN INFORMACION

OTÁROLA/INOSTROZA

Rol

Fecha

10 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Ángelo José Otárola Sáez, empresario, domiciliado en Niagara 235, Santa Rosa, Temuco, en representación de Proeduca Apoyo Pedagógico SpA, domiciliada en Avenida Javiera Carrera 0102 III, Pedro de Valdivia, Temuco, interponiendo recurso de protección en contra de Fabián Esteban Inostroza Cuadra, docente, domiciliado en Rio Cachapoal 110, Frank Mardones, Coronel. Expone que a contar del día 6 de enero del presente año, comenzó a recibir en teléfono móvil una serie de mensajes a través de la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp, desde el número telefónico que indica, de parte una persona que se identificó como Fabián Inostroza C, quien le señaló lo siguiente: “Hola. (11:03). Necesito ponerme en contacto con quien administra su página. Pues están vendiendo un manual PSU lenguaje que es mío. Yo lo elaboré en 2019 y uds lo están vendiendo como suyo. Borraron mi nombre y cambiaron la portada. Cursare acciones legales si no lo bajan hoy mismo, pues está inscrito con derechos de autor. (11:04). Es el manual PSU Lenguaje dividido en 7 capítulos, creado por mí FABIAN INOSTROZA. (11:05). Espero una respuesta hoy mismo, una disculpa y sobre todo, que eliminen mi manual de su página. Incluso debería pedir una indemnización. Pero dejare eso a mi abogado, quien cursará acciones legales por apropiación intelectual e infracción a la ley de derechos de autor.” (11:10) Señala que posteriormente y en la misma fecha, la misma persona volvió a contactarlo señalándole: “Hola. Agradezco que me respondan y así arreglemos estos de la mejor forma. Me parece raro no supieran que el manual era de otra persona, pues en 2020 ya les había escrito por lo mismo. Me bloquearon y pensé que desistirían del PLAGIO, pero al constatar hoy que este se mantuvo, y durante años, me parece muy grave. Ustedes ofrecían ese manual por 18 mil pesos, un valor mucho mayor al que yo lo vendí. Así que ustedes debieron ganar mucho más que yo. Como les dije, el manual está inscrito en derechos de autor. La publicación que hice ya se está viralizando. Hay medios de comunicación e influencer contactándome para masificar la “funa”. Están esperando mi autorización para proceder. En vista de que ustedes han ganado bastante dinero vendiendo mi manual, considero los años que llevan vendiéndolo y el alcance que tiene su página, considero que lo mínimo es recibir una indemnización monetaria. Yo no pondré montos, eso lo dejaré a ustedes para que evalúen sus ganancias. De lo contrario, procederé legalmente con la demanda. Mi pareja es abogado. La verdad a mí me da flojera ponerme a demandar. Me voy a España a estudiar prontamente y no quiero dejar teman pendientes en Chile. Por lo que la resolución de esto dependerá de ustedes. Evalúen una oferta y me avisan. Yo eliminaré la funa y aclararé que el asunto está resuelto. Obviamente, deben dejar de vender mi manual y borrar del manual PAES actualizado los ejercicios de mi manual.” (19:05). Agrega que al día siguie

Fallo

fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales para recurrir, además de que tratándose de actos continuos, el plazo de interposición de esta acción se calcula desde que el recurrente tomó conocimiento del último acto de afectación de sus derechos o garantías tutelados constitucionalmente. Solicita se acoja el recurso de protección interpuesto en contra de don Fabián Esteban Inostroza Cuadra, declarándose que el actuar de la recurrida ha conculcado las garantías constitucionales de los N°s 4 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República o aquellas que esta Corte estime suficientemente acreditadas; que las publicaciones efectuadas por la recurrida en redes sociales, entiéndase INSTAGRAM o cualquier otro medio de internet, constituyen un acto arbitrario e ilegal que altera el orden jurídico establecido y que vulnera el derecho a la honra y el derecho de propiedad de la imagen de la persona de Proeduca Apoyo Pedagógico SpA y su cuenta red social INSTAGRAM PSULIBROS; que se ordene la completa y definitiva eliminación de todas las publicaciones realizadas en las páginas de la red social INSTAGRAM por cualquier otro sitio web similar y/o red social, que afecte a Proeduca Apoyo Pedagógico SpA., y su cuenta red social INSTAGRAM PSULIBROS; y, que se ordene a la recurrida abstenerse en el futuro de realizar y compartir, por cualquier vía, estas u otras publicaciones referidas a Proeduca Apoyo Pedagógico SpA., y su cuenta red social INSTAGRAM PSULIBROS,

Texto Completo (Preview)

Concepción, diez de mayo de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Ángelo José Otárola Sáez, empresario, domiciliado en Niagara 235, Santa Rosa, Temuco, en representación de Proeduca Apoyo Pedagógico SpA, domiciliada en Avenida Javiera Carrera 0102 III, Pedro de Valdivia, Temuco, interponiendo recurso de protección en contra de Fabián Esteban Inostroza Cuadra, docente,

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