M.P. C/ MARCO ANTONIO QUIROZ FLOOD
Rol
Fecha
10 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
VISTOS: Se reproducen del fallo anulado todos sus
Fundamentos
motivos y citas legales no afectados por el vicio de nulidad, con excepción del párrafo segundo del considerando Décimo Cuarto y resuelvo II, que se eliminan. Y, se tiene en su lugar y, además, presente: 1º. Que, el delito de uso fraudulento de tarjeta de crédito o débito sustraída, cuando la acción realizada produce perjuicio a terceros, se sancionaba a la época de comisión del ilícito en el artículo 5° de la Ley N°20.009 con la pena de presidio menor en cualquiera de sus grados. 2°. Que, la pena se aplicará en su extremo inferior en atención a que al sentenciado lo beneficia una circunstancia atenuante y no lo perjudica circunstancia agravante alguna, de conformidad a lo previsto en el artículo 67 del Código Penal.
Fallo
fallo anulado todos sus motivos y citas legales no afectados por el vicio de nulidad, con excepción del párrafo segundo del considerando Décimo Cuarto y resuelvo II, que se eliminan. Y, se tiene en su lugar y, además, presente: 1º. Que, el delito de uso fraudulento de tarjeta de crédito o débito sustraída, cuando la acción realizada produce perjuicio a terceros, se sancionaba a la época de comisión del ilícito en el artículo 5° de la Ley N°20.009 con la pena de presidio menor en cualquiera de sus grados. 2°. Que, la pena se aplicará en su extremo inferior en atención a que al sentenciado lo beneficia una circunstancia atenuante y no lo perjudica circunstancia agravante alguna, de conformidad a lo previsto en el artículo 67 del Código Penal. Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en el artículo 67 del Código Penal, 384 y 385 del Código Procesal Penal, se reemplaza parcialmente la sentencia de seis de marzo del año dos mil veintitrés, pronunciada por el Segundo Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en los autos RIT 342-2022, RUC N° 1700270744-6, solo en cuanto, se declara: Que, se condena a MARCO ANTONIO QUIROZ FLOOD, cédula nacional de identidad Nº16.017.215-0, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍA de presidio menor en su grado medio, y accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de uso fraudulento de tarjeta de crédito o débi
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SENTENCIA DE REEMPLAZO. Santiago, diez de mayo de dos mil veintitrés. Se procede a dictar la sentencia de reemplazo ordenada en sentencia de nulidad de esta misma fecha, conforme a lo dispuesto en el artículo 385 del Código Procesal Penal. VISTOS: Se reproducen del fallo anulado todos sus motivos y citas legales no afectados por el vicio de nulidad, con excepción del párrafo segundo del considera
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