7º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA AINARA LIMITADA/GONZÁLEZ SOTO LUIS - CASACIÓN Y APELACIÓN - LTE

Rol

Fecha

9 de mayo de 2023

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

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Hechos

Vistos: Se sustanció esta causa Rol C-1725-2022, del 7° Juzgado Civil de esta ciudad, en la cual la “Sociedad de Inversiones e Inmobiliaria Ainara Limitada” interpuso demanda de simple precario contra don Luis Andrés González Soto. En su contestación el demandado adujo que la propiedad objeto de la restitución fue de su propiedad y subastada en un juicio ejecutivo seguido en su contra, siendo adjudicada a la actora. Asegura que existió un vicio de nulidad absoluta del remate, motivo por el que existe actualmente un juicio pendiente de nulidad absoluta del contrato (Rol 4479-2020, del 22° Juzgado Civil de Santiago). Por ende, considera que mantiene la posesión regular del inmueble de autos. Por sentencia definitiva de 26 de diciembre de 2022 la jueza a quo decidió acoger la demanda y ordenó la restitución del inmueble, libre de todo ocupante. Contra ese fallo el demandado interpuso recursos de casación en la forma y de apelación. Se ordenó traer los autos en relación respecto de ambos recursos.

Fundamentos

Considerando: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma Primero: El recurrente esgrime la causal del artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, denunciando que el

Fallo

fallo el demandado interpuso recursos de casación en la forma y de apelación. Se ordenó traer los autos en relación respecto de ambos recursos. Considerando: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma Primero: El recurrente esgrime la causal del artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, denunciando que el fallo que impugna fue dictado sin haberse dado cumplimiento a los requisitos de los N° 4 y 6 del artículo 170 del mismo código, esto es, los de contener los fundamentos de hecho y de derecho y la expresar la decisión sobre todas las acciones y excepciones que se hayan hecho valer en el juicio; Segundo: Explica que en su oportunidad solicitó al tribunal que se ordenara traer a la vista el aludido proceso sobre nulidad de contrato del 22° Juzgado Civil de Santiago, a lo que finalmente se accedió. Sin embargo, en el motivo 13° de su fallo la sentenciadora expresa que “si bien la demandante alega la existencia de juicios de nulidad respecto de la compraventa del inmueble referido, no está justificado en los presentes autos tal circunstancia, no habiendo acompañado antecedente alguno la demandada, más que sus dichos. Así las cosas, no habiéndose acreditado la existencia de un título justificativo válido por la demandada, se cumplen todos los presupuestos de la acción incoada.”. Por lo tanto, contrariamente a lo argumentado en el fallo, su parte sí aportó prueba en respaldo de su “teoría del caso”, demostrando la existencia de un título para ocupar, lo que fue

Texto Completo (Preview)

Santiago, nueve de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: Se sustanció esta causa Rol C-1725-2022, del 7° Juzgado Civil de esta ciudad, en la cual la “Sociedad de Inversiones e Inmobiliaria Ainara Limitada” interpuso demanda de simple precario contra don Luis Andrés González Soto. En su contestación el demandado adujo que la propiedad objeto de la restitución fue de su propiedad y subastada en un j

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