SIN INFORMACION

OBRAS ESPECIALES CHILE S.A./DÍAZ DE VALDÉS BALBONTIN RODRIGO

Rol

Fecha

9 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En estos autos arbitrales se ha recurrido de queja por la parte demandada “Obras Especiales Chile S.A” en contra del Juez árbitro mixto, don Rodrigo Díaz de Valdés Balbontín, por las faltas o abusos graves que le atribuye, en la dictación de la sentencia definitiva de fecha 30 de noviembre de 2022, por medio de la cual acogió la acción subsidiaria de terminación de contrato e indemnización de perjuicios interpuesta por BAC Ingenieros SpA. Solicita se la deje sin efecto, acoja la demanda reconvencional interpuesta por su parte en contra de BAC Ingenieros. En subsidio, que actuando de oficio esta Corte, disponga las medidas que estime pertinentes para poner remedio al mal causado. El recurrente señala que el árbitro mixto don Rodrigo Díaz de Valdés Balbontín, ha incurrido en faltas o abusos al dictar la sentencia de 30 de noviembre de 2022, por cuanto omite analizar y ponderar la prueba rendida en el proceso, la que da cuenta que Obras Especiales Chile, no adeuda suma alguna a BAC Ingenieros en virtud del Subcontrato y que no ha incurrido en incumplimiento alguno, en cuanto al pago de las obras ejecutadas, según se estipuló en la cláusula 3.3 del Capítulo de Condiciones Especiales del Subcontrato. Hace referencia a la prueba consistente en correos electrónicos y comunicaciones posteriores, a la prueba testimonial y de absolución de posiciones que no habría sido ponderada por el árbitro. Agrega que el Laudo contraviene el tenor literal de los medios de prueba que sirven de fundamento al fallo y da por acreditado el incumplimiento de una obligación que no existe, que no fue demostrada en juicio y que no forma parte de la controversia. Solicita se deje sin efecto íntegramente el referido Laudo especialmente en la parte que acogió la acción subsidiaria de terminación de contrato e indemnización de perjuicios interpuesta por BAC Ingenieros SpA. en contra de Obras Especiales Chile S.A. y en su lugar se declare sin lugar la referida demanda y se acoja la demanda re

Fundamentos

considerando 73° del

Fallo

fallo y da por acreditado el incumplimiento de una obligación que no existe, que no fue demostrada en juicio y que no forma parte de la controversia. Solicita se deje sin efecto íntegramente el referido Laudo especialmente en la parte que acogió la acción subsidiaria de terminación de contrato e indemnización de perjuicios interpuesta por BAC Ingenieros SpA. en contra de Obras Especiales Chile S.A. y en su lugar se declare sin lugar la referida demanda y se acoja la demanda reconvencional interpuesta por su parte en contra de la demandante BAC Ingenieros SpA. Evacuando el informe de rigor, el Juez Arbitro, sostiene que no concurren las supuestas faltas o abusos graves denunciados por el recurrente, la prueba correctamente analizada y ponderada, le permitió concluir que la demandada efectivamente incurrió en incumplimiento contractual, respecto de su obligación de aprobar y pagar el Estado de Pago N° 1. Solicita sea rechazado el recurso de queja, por cuanto la sentencia ha sido dictada conforme al mérito del proceso. Se ordenó traer los autos en relación y se dispuso la inclusión de esta causa en tabla. CONSIDER ANDO: Primero: Que la controversia suscitada entre las partes, dice relación con la ejecución y terminación del Subcontrato de Especialidad N°5-962, Capítulo I y II, suscrito el 23 de julio de 2020, cuyo objeto era la realización de los trabajos de montajes mecánicos de hincados e instalación de seguidores y paneles solares. El juez árbitro acogió la acción subsi

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C.A. de Santiago Santiago, nueve de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS: En estos autos arbitrales se ha recurrido de queja por la parte demandada “Obras Especiales Chile S.A” en contra del Juez árbitro mixto, don Rodrigo Díaz de Valdés Balbontín, por las faltas o abusos graves que le atribuye, en la dictación de la sentencia definitiva de fecha 30 de noviembre de 2022, por medio de la cual acogió

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