JUZGADO DE GARANTIA DE RANCAGUA

M.P. C/ N. N. FERNANDO ÁVALOS ORÓSTEGUI Y OTROS. TERCERISTA: ESNELDA MORAGA

Rol

Fecha

9 de mayo de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1.- Que, en primer lugar, cabe precisar como hecho no controvertido que los vehículos placa patente única LDYG-92 y CRGS-32, cuya restitución reclaman los recurrentes Fernando Alfredo Ávalos Oróstegui y Esnelda Gabriela Moraga San Martín, respectivamente, fueron incautados en el marco del procedimiento por infracción a la Ley 20.000, llevado a cabo en estos autos con fecha 7 de enero de 2020, lo que además consta en la acusación de fecha 18 de junio de 2020, en la que se hace referencia a los certificados de anotaciones de los vehículos placa patente LDYG-92 y CRGS-32. 2.- Que, a su vez, consta que por sentencia definitiva de fecha 27 de octubre de 2021, por la que se condenó al coimputado Rafael Enrique Caroca Lizana como autor de los delitos de tráfico de drogas y tenencia de precursores, en su resolutivo N° VI, se decretó el comiso de las especies incautadas en el procedimiento, decisión que no fue impugnada y que, por tanto, se encuentra firme y ejecutoriada. 3.- Que, por lo demás, en el caso del vehículo placa patente única LDYG-92, consta que el mismo fue utilizado en la comisión del delito, por parte del condenado Ávalos Oróstegui, por lo que a su respecto rige lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal. 4.- Que, por último, si bien en la sentencia definitiva dictada en esta causa con fecha 9 de marzo de 2023, por la que se condenó a Fernando Alfredo Ávalos Oróstegui, -cónyuge de doña Esnelda Gabriela Moraga San Martín-, (a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena del artículo 29 del código penal y multa a beneficio fiscal ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad en calidad de cómplice de un ilícito consumado de tráfico de sustancias estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación al artículo 1, ambos de la ley 20.000, ocurrido el día

Fallo

por tanto, se encuentra firme y ejecutoriada. 3.- Que, por lo demás, en el caso del vehículo placa patente única LDYG-92, consta que el mismo fue utilizado en la comisión del delito, por parte del condenado Ávalos Oróstegui, por lo que a su respecto rige lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal. 4.- Que, por último, si bien en la sentencia definitiva dictada en esta causa con fecha 9 de marzo de 2023, por la que se condenó a Fernando Alfredo Ávalos Oróstegui, -cónyuge de doña Esnelda Gabriela Moraga San Martín-, (a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena del artículo 29 del código penal y multa a beneficio fiscal ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad en calidad de cómplice de un ilícito consumado de tráfico de sustancias estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación al artículo 1, ambos de la ley 20.000, ocurrido el día 7 de enero del 2020), no se aplicó el comiso de las especies incautadas, ello resulta coherente con el hecho de haberse aplicado dicha consecuencia en la sentencia anterior librada en autos. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de diecisiete de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 8942-2019. Com

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//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, nueve de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: 1.- Que, en primer lugar, cabe precisar como hecho no controvertido que los vehículos placa patente única LDYG-92 y CRGS-32, cuya restitución reclaman los recurrentes Fernando Alfredo Ávalos Oróstegui y Esnelda Gabriela Moraga San Martín, respectivamente, fueron incautados en el marco del procedimiento por infracción a la

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