JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ NEFTALI ISAAC LONCOMIL NANCUCHEO

Rol

Fecha

9 de mayo de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen antecedentes que justifican los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal, en sus letras a) y b), esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en ellos le pudo caber al imputado en relación a las imputaciones particulares formuladas a su respecto. A su vez, en relación a la necesidad de cautela contenida en la letra c) de la citada norma, ella solamente se puede ver cumplida con la medida cautelar de prisión preventiva, estimándose que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad atendida la naturaleza del delito por el cual ha sido formalizado, su forma de comisión, las penas asociadas al mismo y su eventual forma de cumplimiento; se confirma la resolución de fecha 30 de abril de 2023 dictada por don Miguel Ángel García Herrera juez titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Neftalí Isaac Loncomil Ñancucheo. Devuélvase por interconexión. Rol Penal N° 474-2023

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Puerto Montt, nueve de mayo de dos mil veintitrés VISTOS El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen antecedentes que justifican los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal, en sus letras a) y b), esto es, la existencia material de los hechos investigados

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