FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ CARLOS ENRIQUE/ JUZGADO DE FAMILIA DE PUDAHUEL
Rol
Fecha
9 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Hilda Torres Montero, abogada, por el recurrente Carlos Enrique Fernández Gutiérrez, dependiente, e interpone recurso de amparo en contra del Señor Juez Letrado del Juzgado de Familia de Pudahuel, en la especie, doña Andrea Maribel Saravia Arriagada, doña María Angélica Rosso Gajardo, doña Jacqueline Vannia Ramírez Arregui, y en general, en contra quienes resulten responsable de la perturbación o amenaza que eventualmente puede afectar el ejercicio legítimo de la libertad personal y seguridad individual del amparado, toda vez que el presente Juzgado recurrido, en causa RIT Z-506-2022, mediante resolución a folio Nro. 68 de fecha 4 de enero de 2023, ha decretado orden de arresto nocturno como medida de apremio en su contra. Expone que mediante causa C-517-2006 se fijó una pensión de alimentos y el amparado ha procurado mantener constancia con los pagos, sin embargo, dado al oficio que ejerce en el rubro de la construcción y al contexto sanitario del país, la inestabilidad laboral es una constante, y eso lo lleva acumular una deuda por concepto de alimentos equivalente a 138,9694 UTM según consta en liquidación efectuada al día 17 de enero de 2023 en causa RIT Z-506-2022. Hace presente que atendido el tiempo transcurrido desde dicha liquidación es necesario se efectúe una nueva, a fin de actualizar el saldo adeudado al día de hoy. Agrega que se ve imposibilitado de realizar el pago total de lo adeudado, toda vez que él es el sustento económico de su núcleo familiar compuesto por su cónyuge y cuatro hijos; y, además, consta que se encuentra calificado entre el 41% y el 50% de los hogares de menores ingresos o mayor vulnerabilidad socioeconómica, según consta en la Cartola Hogar del Registro Social de Hogares de fecha 15 de febrero 2023. Señala que durante los últimos meses ha pagado dentro de plazo la pensión de alimentos fijada más un abono equivalente a 0,53 UTM, y ha ofrecido en dos oportunidades forma de pago de
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Familia de Pudahuel. Sin perjuicio de lo anterior, constatándose que el amparado en escrito adjunto de folio 94 dio cumplimiento a resolución de folio 92, y que asimismo en escrito de folio 91 dio cumplimiento a lo solicitado en folio 87, se ordena al tribunal a quo resolver los escritos pendientes. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N° Amparo- 930-2023 En Santiago, nueve de mayo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, nueve de mayo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Hilda Torres Montero, abogada, por el recurrente Carlos Enrique Fernández Gutiérrez, dependiente, e interpone recurso de amparo en contra del Señor Juez Letrado del Juzgado de Familia de Pudahuel, en la especie, doña Andrea Maribel Saravia Arriagada, doña María Angélica Rosso Gajardo
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