JUZGADO DE GARANTIA DE CURICO

M.P. C/ MANUEL ERASMO BAEZA DIAZ

Rol

Fecha

9 de mayo de 2023

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR.

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron en la vista del recurso y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de tres de mayo del año en curso, en causa R.I.T. 1872-2023 del Juzgado de Garantía de Curicó, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Manuel Erasmo Baeza Díaz. Acordada con el voto en contra del abogado integrante don Diego Palomo Vélez, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y sustituir la prisión preventiva, por las medidas cautelares previstas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código del ramo, esto es, privación de libertad total en su casa o en la que el propio imputado señalare y prohibición de salir del país, esto por estimarlas proporcionales para asegurar los fines del procedimiento, en atención a los antecedentes reunidos hasta ahora y que el imputado no cuenta con antecedentes prontuariales pretéritos. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol 627-2023/Penal.

Texto Completo (Preview)

Talca, nueve de mayo de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron en la vista del recurso y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de tres de mayo del año en curso, en causa R.I.T. 1872-2023 del Juzgado de Garantía de Cur

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