SUÁREZ/SWELL CAPITAL SPA
Rol
Fecha
9 de mayo de 2023
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de veinticinco de julio de dos mil veintidós, dictada por el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° T-1204-2021, se resolvió: I.- Que, se rechaza la denuncia por tutela de derechos intentada por don Michael Cristian Suárez Pardo en contra de Swell Capital SpA; II.- Que, se rechaza la demanda por despido improcedente, injustificado o indebido; III.- Que, se hace lugar parcialmente a la demanda de cobro de prestaciones, sólo en cuanto se condena a la demandada al pago de las prestaciones que individualiza; IV.- Que, se hace lugar a la demanda de nulidad del despido, condenando a la demandada al pago de todas las remuneraciones y cotizaciones previsionales que se devenguen entre la fecha de la separación y su efectiva convalidación, a razón de una remuneración de $1.504.395 (un millón quinientos cuatro mil trescientos noventa y cinco pesos), sin costas. Contra ese fallo la demandante interpone recurso de nulidad, invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 451 N°1, inciso segundo, y el artículo 162 del mismo cuerpo legal. A su vez, la demandada hizo valer como causal la del artículo 477 del Código del Trabajo, al haberse aplicado erróneamente la sanción prevista en el artículo 162 inciso 5° del Código del Trabajo, en relación con el artículo 58 del mismo cuerpo legal. De manera subsidiaria esgrime la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, consistente en que la Sentencia ha sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica De la misma forma invoca el artículo 477 del Código del Trabajo, al haberse aplicado erróneamente la sanción prevista en el artículo 162 inciso 5° del Código del Trabajo por hechos que son inimputables a SWELL. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: En cuanto del Recurso de Nulidad de la parte demandante. - PRIMERO: Que, la parte demandante invoca la causal contenida en el artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 454 N°1, inciso segundo, y el artículo 162 del mismo cuerpo legal. Manifiesta al respecto, luego de citar la normativa que estima infringida, que el sentenciador al decidir como lo hizo incurrió en contravención a los artículos referidos, toda vez que el
Fallo
fallo la demandante interpone recurso de nulidad, invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 451 N°1, inciso segundo, y el artículo 162 del mismo cuerpo legal. A su vez, la demandada hizo valer como causal la del artículo 477 del Código del Trabajo, al haberse aplicado erróneamente la sanción prevista en el artículo 162 inciso 5° del Código del Trabajo, en relación con el artículo 58 del mismo cuerpo legal. De manera subsidiaria esgrime la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, consistente en que la Sentencia ha sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica De la misma forma invoca el artículo 477 del Código del Trabajo, al haberse aplicado erróneamente la sanción prevista en el artículo 162 inciso 5° del Código del Trabajo por hechos que son inimputables a SWELL. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes. CONSIDERANDO: En cuanto del Recurso de Nulidad de la parte demandante. - PRIMERO: Que, la parte demandante invoca la causal contenida en el artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 454 N°1, inciso segundo, y el artículo 162 del mismo cuerpo legal. Manifiesta al respecto, luego de citar la normativa que estima infringida, que el sentenciador al decidir como lo hizo incurrió en contravención a los artículos referidos, toda vez que el
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Santiago, nueve de mayo de dos mil veintitrés. - Vistos: Por sentencia de veinticinco de julio de dos mil veintidós, dictada por el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° T-1204-2021, se resolvió: I.- Que, se rechaza la denuncia por tutela de derechos intentada por don Michael Cristian Suárez Pardo en contra de Swell Capital SpA; II.- Que, se rechaza la demanda por despi
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