SIN INFORMACION

MORALES / CARABINEROS DE CHILE

Rol

Fecha

9 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Gonzalo Alejandro Morales Castro, Sargento 1° de Carabineros de la 4° Comisaría de Quillota, en contra de Carabineros de Chile, representado por su General Director Ricardo Yáñez Reveco, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la imposibilidad del médico tratante de emitir licencia médica por enfermedad profesional respecto del actor, el 27 de diciembre de 2022, lo que estima conculca sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1° y 2° de la Carta Fundamental. En cuanto a los hechos, explica que el 13 de julio de 2021, en práctica de tiro anual, recibió de rebote un impacto en la zona frontal de su cabeza, resultando lesionado. Fue atendido en el Hospital de Quilpué constatando lesiones de carácter menos grave, herida superficial de cuero cabelludo, sin aumento de volumen o sangrado, la que señala generarle secuelas posteriores y hasta la presentación de esta acción, consistentes en dolores de cabeza, y consecuencias neurológicas y psicológicas, lo que ha llevado a que sus médicos tratantes le emitan licencias médicas derivadas del accidente de julio de 2021, primero por accidente en acto de servicio y desde agosto de 2022 por enfermedad profesional consistente en trastorno de ansiedad y depresión. Que, por los hechos descritos se inicia investigación administrativa por Resolución 184 de la Prefectura de Marga Marga, la que se encuentra pendiente. Además, existe investigación penal pendiente en causa del Juzgado de Garantía de Quilpué en causa RIT 2812-2022 por cuasidelito de lesiones menos graves y omisión de denuncia. Además, en febrero de 2022 el actor ingresa denuncia por acoso laboral, iniciándose otra investigación administrativa llevada a cabo por el Mayor de Carabineros Claudio Mendiboure Contador, Comisaria de la 6ª Comisaria de Villa Alemana, la que aún se encuentra pendiente. Refiere que el pasado 26 de diciembre de 2022, el actor fue citado a la Comisión Médica Centr

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, el recurrente denuncia como acto ilegal y arbitrario la imposibilidad de su médico tratante particular psiquiatra Dra. Carolina Sánchez Flores, de emitir, con fecha 27 de diciembre de 2022, licencia médica tipo 6 por enfermedad profesional en el sistema o software habilitado para ello, solicitando que se ordene a la recurrida el cese de tal restricción en el mencionado sistema electrónico. Tercero: Que, la recurrida solicitó el rechazo del recurso fundado en que no existe imposibilidad para que un médico extrasistema pueda emitir licencias médicas de tipo 6, correspondiente a enfermedad profesional, que incluso a partir de diciembre de 2022 también es posible que emitan licencias médicas de tipo 5, esto es por accidentes en actos del servicio, lo anterior a través de la plataforma habilitada para la emisión de licencias electrónicas contratada por la institución, esto es, plataforma I-MED. Cuarto: Que, conforme al mérito de autos, aparece que el supuesto de hecho en que se funda la presente acción, esto es, la imposibilidad de la médico tratante del actor de emitir licencia médica de tipo 6 respecto del mismo, en diciembre de 2022 y enero del preste año, no resulta imputable a la recurrida, toda vez, que el eventual problema que pudo suscitarse ocurrió en el uso de una plataforma informática externa a la institución recurrida, no pudiendo esta Corte exigirle a su respecto actuación alguna. Quinto: Que, a mayor abundamiento, de lo informado por la Dra. Carolina Sánchez Flores, se desprende que aquella reconoce un desconocimiento en el uso de la plataforma para emitir licencias médicas y que, finalmente, emitió dos por enfermedad común, lo que sumado a lo razonado en el considerando precedente, permite concluir que no existe acto u omisión ilegal o arbitraria por parte de la recurrida que implique una vulneración susceptible de cautelarse por esta vía.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Gonzalo Alejandro Morales Castro, en contra de Carabineros de Chile. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1746-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Gonzalo Alejandro Morales Castro, Sargento 1° de Carabineros de la 4° Comisaría de Quillota, en contra de Carabineros de Chile, representado por su General Director Ricardo Yáñez Reveco, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la imposibilidad del médico tra

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