ARIAS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
10 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
LITISPENDENCIA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, para que proceda la litispendencia es menester que el pleito o litigio sea, idéntico al juicio en que se promueve. Esta identidad no es otra que la que regla el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil al estatuir la excepción de cosa juzgada, con la triple identidad copulativa de personas, cosa pedida y causa de pedir, requiriéndose, además, del presupuesto de la existencia de un juicio pendiente. SEGUNDO: Que en cuanto a la causa Rol N° 3904-2023, tramitada ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, en ella se esgrimen los mismos fundamentos fácticos y jurídicos, formulándose, además, similares pretensiones, por lo que efectivamente concurren los presupuestos de identidad de partes, de causa de pedir y de cosa pedida en relación a la presente causa, solo cabe concluir que la excepción impetrada procede en estos autos. TERCERO: Que de acuerdo a lo razonado, corresponde acoger la excepción de litispendencia del recurso de protección en estudio, no resultando necesario pronunciarse sobre el fondo del asunto, por ser incompatible con lo que se ha decidido. Y visto, además, lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales,
Fallo
se resuelve: I.- Que se ACOGE, la excepción de litispendencia intentada por el recurrido Servicio Nacional de Migraciones, sin costas, por haber tenido el recurrente motivo plausible para intentar la acción. II.- Que por lo anterior, se omite pronunciamiento sobre la acción constitucional deducida en autos. A folio N° 10: A lo principal y otrosí: No correspondiendo la presentación a este recurso, no ha lugar. A folio N° 11: Estese a lo resuelto precedentemente. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 405-2023 Protección.-
Texto Completo (Preview)
Arías Rodríguez, César Alexander Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Protección Rol N° 405-2023.- La Serena, diez de mayo de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente a lo principal de Folio N° 7: VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, para que proceda la litispendencia es menester que el pleito o litigio sea, idéntico al juicio en que se promueve. Esta identida
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