JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL SANTIAGO

LEIVA/SINDICATO INTEREMPRESA NACIONAL DE MONTAJES INDUSTRIALES

Rol

Fecha

18 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que, el recurso de apelación, en los procedimientos ejecutivos laborales que se fundan en títulos ejecutivos distintos a la sentencia definitiva, según dispone el artículo 473 del Código del Trabajo, procede según las reglas del Código de Procedimiento Civil; 2°) Que, por consiguiente, pueden impugnarse por esta vía, las sentencias definitivas y las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley; 3°) Que, del mérito de los antecedentes consta que la resolución materia del presente, es un simple auto que no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el dos de mayo de dos mil veintitrés, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el veintiséis de abril del mismo año por Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese y comuníquese, vía interconexión N° Laboral – cobranza-1548-2023. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich e integrada por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y por el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el dos de mayo de dos mil veintitrés, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el veintiséis de abril del mismo año por Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese y comuníquese, vía interconexión N° Laboral – cobranza-1548-2023. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich e integrada por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y por el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo.

Texto Completo (Preview)

cmos   C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, el recurso de apelación, en los procedimientos ejecutivos laborales que se fundan en títulos ejecutivos distintos a la sentencia definitiva, según dispone el artículo 473 del Código del Trabajo, procede según las reglas del Código de Procedimiento Civil; 2°) Que, por consiguiente, pueden

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