BRESUME/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLIC
Rol
Fecha
8 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, CLAUDIA BEATRIZ LOMAN, abogada, deduce recurso de protección en favor de RICKELSON BRESUME, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por la omisión ilegal y arbitraria en que ha incurrido al no pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva solicitada por el recurrente con fecha 11 de julio de 2021, alegando vulneración a las garantías reseñadas en el artículo 19 N° 2 y 3 inciso 6° de la Constitución Política de la República. Sostiene que a la fecha de presentación del recurso ha transcurrido un año y nueve meses, manteniendo al recurrente en una situación de incertidumbre, generando una problemática en relación a la realización de trámites en notaría, municipalidades y el sistema financiero para la adquisición de una vivienda. Indica que el recurrente tiene la cédula de identidad vencida desde el 16 de marzo del 2021. En apoyo de su presentación cita diversas disposiciones de la Ley N°19.880 y pide que la solicitud de permanencia definitiva se resuelva en un plazo no mayor a 30 días, o lo que se estime prudente. SEGUNDO: Que a folio 4, comparece don Roberto Ignacio Castillo Toro, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Solicita se declare la inadmisibilidad de la acción, dado que no existe alguna vulneración, ni siquiera en grado de amenaza, de las garantías fundamentales alegadas. En efecto, en el presente recurso de protección se alega la supuesta omisión arbitraria o ilegal al no dictar un acto terminal respecto a la solicitud de residencia definitiva del recurrente de autos, y que dicha omisión generaría por sí sola una supuesta vulneración o amenaza de sus derechos fundamentales. En ese contexto no podemos obviar la sentencia dictada por la Excma. Corte Suprema, en sus causas ROL 115064-2022 y 115368-2022 ambas de fecha 20 de marzo del presente. Reitera que no existe alguna arbitrariedad ni ilegalidad, ni aún en grado de amenaza, por parte de esa autoridad que pueda ser tutelada mediante la presente acción de protección, por lo que la materia excede con creces la tutela cautelar que es propia del recurso de protección y que, dado la jurisprudencia reciente debe ser declarado inadmisible. Señala que todo extranjero que tenga una solicitud de residencia en trámite en nuestro país se puede desarrollar de forma plena, sin que “esté impedido de realizar trámites esenciales con su cédula de identidad ante cualquier entidad pública o privada”. En subsidio, opone la excepción de falta de legitimación pasiva, ya que el presente recurso de protección se dirige en contra del Servicio Nacional de Migraciones, pero la supuesta acción u omisión que se considera ilegal o arbitraria emana de terceros indeterminados (sentencias ya individualizadas de la Excma. Corte Suprema); En dicho sentido la recurrente ha errado al intentar su recurso de protección en contra de esa autoridad en a
Fallo
por tanto, la dilación de la recurrida en el pronunciamiento sobre la mentada solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la parte recurrente, en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes, obteniendo una respuesta formal en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente. A mayor abundamiento, la duración del procedimiento, que se generó a propósito de la solicitud de la recurrente, ha superado un año de tramitación, tiempo que a juicio de estos sentenciadores es evidentemente excesivo, toda vez que si bien es de público conocimiento que muchos trámites administrativos se han visto dilatados por la emergencia sanitaria que atravesamos como humanidad, por lo menos durante los años 2021 y 2022 la situación sanitaria se ha ido normalizando y los servicios estatales han desarrollado sus funciones cada vez con menos restricciones, de forma tal que no aparece justificado la extensión que ha tenido la tramitación de la solicitud del actor, todo lo que transforma en arbitrario el proceder de la recurrida. NOVENO: Por último, corresponde desestimar la alegación de falta de legitimación pasiva de la recurrida, toda vez que el acto recl
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Bresume, Rickelson Servicio Nacional de Migraciones Recurso de protección Rol N° 602-2023. La Serena, ocho de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, CLAUDIA BEATRIZ LOMAN, abogada, deduce recurso de protección en favor de RICKELSON BRESUME, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por
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