ANONIMIZADO
Rol
Fecha
8 de mayo de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente lo obrado en autos, especialmente lo resuelto por esta Corte con fecha veintinueve de septiembre de dos mil veintidós y, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se revoca la resolución apelada de tres de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Familia de Casablanca y en su lugar, se declara que se la deja sin efecto. Devuélvase. N°Familia-1512-2022.
Fallo
se declara que se la deja sin efecto. Devuélvase. N°Familia-1512-2022.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de mayo de dos mil veintitrés. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente lo obrado en autos, especialmente lo resuelto por esta Corte con fecha veintinueve de septiembre de dos mil veintidós y, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se revoca la resolución apelada de tres de noviembre de dos mil veintidós, dic
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