SIN INFORMACION

LENA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

8 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1 comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, quien recurre de protección a favor de Zuly Angélica Zambrano Colmenares, venezolana, con domicilio en Viña del Mar, Región de Valparaíso, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Comunicación electrónica Folio N°31302929, de 23 de noviembre de 2022, en medio de su proceso de solicitud de carta de nacionalización. Relata que la recurrente es titular de permiso de permanencia definitiva, y cumpliendo con todos los requisitos, solicitó se decretara su nacionalización, el 8 de mayo de 2022, la que se tramitó con el N° 29917073. No tuvo noticia de ello por 6 meses, hasta que recibe la resolución objeto de este recurso, la que indica que su solicitud se encuentra incompleta o insuficiente, fundada en: “Solicita documentos que acrediten que hoy y dos años antes de la fecha de postulación comparten el hogar común”, agregando que si no lo hiciere en el plazo indicado, “se le tendrá por desistida de su petición”. Destaca que la recurrente solicitó su nacionalización de acuerdo a lo establecido en el artículo 84 de la Ley N°21.325 esto es, por su largo tiempo de residencia en el país, superior a 5 años, no por un caso de nacionalización calificada, regulada en el artículo 85 de la ley ya referida, esto es, aquella motivada, entre otros casos, por un vínculo de matrimonio con un chileno, a lo menos durante dos años. Señala que la actora no tiene más de dos años de casada con un chileno, por lo que no procede exigirle el documento señalado en la resolución objeto de este recurso. Luego analiza cada uno de los requisitos de la solicitud de nacionalización, esto es, ser mayor de 18 años, tener permiso de residencia definitiva vigente, tener más de 5 años de residencia en Chile, a contar desde que obtuvo su estampado de la residencia temporal, que dio origen a la residencia definitiva que se mantiene vigente. Pide se deje sin efecto la Resolución Exenta de 23 de noviembre de 2022, orde

Fundamentos

considerando: Primero: Que el petitorio del presente recurso, contempla se deje sin efecto lo ordenado en comunicación electrónica Folio N°31302929, de 23 de noviembre de 2022, que ordenaba a la actora agregar antecedentes a su solicitud de nacionalización, por cuanto asegura, no era pertinente, según la causal invocada al momento de pedir su nacionalización. De acuerdo a lo informado por el recurrido a folio 19, esto es, que tal exigencia quedó sin efecto, y que la petición de la recurrente avanzó a una etapa de “Primer Análisis” el recurso, en esta parte, perdió oportunidad. Segundo: Que, en cuanto la segunda petición del recurso, esto es, aquella que pide se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud de nacionalización de la recurrente, se debe considerar que, conforme al Decreto N° 5.142, de 1960, la facultad de otorgar la carta de nacionalización corresponde al propio Presidente de la República, actualmente delegada en el Ministro de Interior y Seguridad Pública, lo que vislumbra que el Servicio Nacional de Migraciones, carece de legitimación para pronunciarse sobre la solicitud incoada por el recurrente. Tercero: Que, adicionalmente, la carta de nacionalización es un privilegio otorgado por el Jefe de Estado, que requiere de una mayor análisis de los antecedentes, cuyo acto terminal es fruto de la potestad discrecional radica en él, por lo que no se puede incoar a su término mediante la presente vía judicial, razones que conllevarán al rechazo del presente recurso.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Zuly Angélica Zambrano Colmenares, en contra del Servicio de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección 171015-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de mayo de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1 comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, quien recurre de protección a favor de Zuly Angélica Zambrano Colmenares, venezolana, con domicilio en Viña del Mar, Región de Valparaíso, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Comunicación electrónica Folio N°31302929, de 23 de noviemb

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