JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE

M.P C/ JOSE ALEJANDRO ESTEBAN LOPEZ FIGUEROA (QTE. CARLOS DANIEL ALVAREZ ESTEBAN)

Rol

Fecha

6 de mayo de 2023

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten dar por acreditados los presupuestos materiales establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito materia de la formalización de la investigación y la eventual participación del imputado en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza del ilícito, bienes jurídicos protegidos, pena probable y el hecho de contar con procesos penales vigentes, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de veintiocho de abril del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Talagante, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de JOSE ALEJANDRO ESTEBAN LOPEZ FIGUEROA. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. Rol N° 1265-2023-Penal

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San Miguel, seis de mayo de dos mil veintitrés. Sala: Primera Rol Corte: 1265-2023-penal Ruc: 2300463273-7 Rit: 1553-2023 JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE Ministro de fe: Ma. Andrea Durán Bruce Ministerio Público: Jacqueline Guerra Vásquez Defensor: Darío Pantoja Martínez Imputado: JOSE ALEJANDRO ESTEBAN LOPEZ FIGUEROA Escritos proveídos en audiencia: folio 3 y 4 San Miguel, seis de mayo de dos m

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