SIN INFORMACION

MAESTRANZA SERVIMAES Y CIA. LIMITADA CONTRA RESOLUCION DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CONCEPCION

Rol

Fecha

5 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: PRIMERO. Que, comparece el abogado IVÁN S. PÉREZ CONTRERAS, en representación convencional de MAESTRANZA SERVIMAES Y CIA LIMITADA, en autos caratulados “Navarro con Servimaes y Cía Ltda”, RIT O-133-2022, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 15 de marzo de 2022, la cual declaró inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto, en contra de la resolución dictada en audiencia que rechazó la excepción de prescripción opuesta en el escrito de contestación de la demanda. SEGUNDO. Informó VALERIA CECILIA ZUÑIGA ARAVENA, Jueza Titular de Letras del Trabajo de Concepción, a folio 4, sosteniendo al respecto que el legislador en el artículo 476 solo hace referencia al recurso de apelación, sin distinguir, sin que corresponda al intérprete hacerlo; que dicho recurso tiene norma especial en el Código del Trabajo en su artículo 453 N°1 inciso sexto, el cual señala expresamente que en la audiencia preparatoria solo es susceptible de apelación la resolución que se pronuncia acogiendo la excepción de prescripción y no la resolución que lo rechaza; que no es necesario aplicar el artículo 432 del Código del Trabajo, ya que no se precisa la aplicación supletoria del Libro Primero del Código de Procedimiento Civil al existir regla especial en el Código del Trabajo, que es una repetición de la regla general en materia de apelación que consagra el artículo 476 inciso primero del mismo Código, que establece solo como susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hacen imposible su continuación. Por lo demás, sostiene, la materia de Recursos el Código del Trabajo se regula por el artículo 474 que determina que: “los recursos se rigen por las normas establecidas en este párrafo (5°), y supletoriamente por las normas establecidas en el Libro Primero del Código de Procedimiento Civil”, sin que se haga referencia a los principios, a diferencia del artículo 432. Que, continúa razonando, el artículo 474 dispone q

Fundamentos

Considerando lo resuelto precedentemente, y además lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso sexto, en relación con el artículo 476 ambos del Código del Trabajo, se desprende que el recurso de apelación no resulta procedente en el presente caso en virtud del texto expreso de la ley, y por lo correctamente razonado por el juez a quo, el presente recurso de hecho debe rechazarse sin mayor dilación.

Fallo

se resuelve. TERCERO. En su oportunidad se trajo a la vista a través del sistema informático la causa O-133-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Consta, además, oficio que remite copia de Sentencia dictada por el Tribunal Constitucional en causa Rol 13.153-2022, por la cual se rechaza el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 453 N°1, inciso sexto, del Código del Trabajo, interpuesto por el recurrente. CUARTO. Considerando lo resuelto precedentemente, y además lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso sexto, en relación con el artículo 476 ambos del Código del Trabajo, se desprende que el recurso de apelación no resulta procedente en el presente caso en virtud del texto expreso de la ley, y por lo correctamente razonado por el juez a quo, el presente recurso de hecho debe rechazarse sin mayor dilación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos citados y los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil se declara que: SE RECHAZA, el recurso de hecho deducido por el abogado IVÁN S. PÉREZ CONTRERAS, en contra la resolución de quince de marzo de dos mil veintidós, en los autos O-133-2022 seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Regístrese y en su oportunidad archívese. Redacción del Abogado Integrante Felipe Muñoz Levasier. No firma el ministro señor Gonzalo Rojas Monje, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, cinco de mayo de dos mil veintitrés. VISTO: PRIMERO. Que, comparece el abogado IVÁN S. PÉREZ CONTRERAS, en representación convencional de MAESTRANZA SERVIMAES Y CIA LIMITADA, en autos caratulados “Navarro con Servimaes y Cía Ltda”, RIT O-133-2022, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 15 de marzo de 2022, la cual declaró inadmisible el recurso

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