SIN INFORMACION

BASUALDO/FACTORONE S.A.

Rol

Fecha

5 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintitrés de septiembre de dos mil veintidós comparece Vicente Ahrens Silva, actuando en representación del demandado don José Rodrigo Basualdo Santana, en autos ejecutivos caratulados “FactorOne S.A con Basualdo”, en causa seguida ante el Juzgado de Letras de Illapel, causa Rol C-340-2022. Expone que por resolución de fecha 14 de septiembre de 2022, el Juez del Juzgado de Letras de Illapel, Sr. Edgardo Pinto Solís, ha negado lugar a concederle el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de fecha 22 de julio de 2022, del cuaderno de principal, resolución que no dio lugar a diligencias probatorias, negando a su parte diligencias esenciales en virtud de las excepciones interpuestas. Sostiene que dicha apelación debió concedérseme por las siguientes razones; Dicho

Fallo

fallo provoca graves perjuicios y agravios susceptibles de ser enmendados por vía de apelación. Este recurso de reposición con apelación en subsidio se presentó dentro de plazo, según lo establecido en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Añade que el día 14 de septiembre de 2022, se le notifica por el estado diario que se niega el Recurso de apelación subsidiario, resolución que es del siguiente sentido; “Advirtiendo el tribunal que la apelación intentada carece de la indicación específica del tribunal de segunda instancia ante el cual se dirige la misma, no ha lugar a lo solicitado” Puntualiza que el juez no concede la apelación, señalando que la apelación intentada carece de la indicación específica del tribunal de segunda instancia ante el cual se dirige la misma, sin embargo en el escrito de reposición con apelación en subsidio señala claramente, que se apela en subsidio en base a los mismos argumentos. Aduce que no es necesario indicar la Corte a la cual se debe remitir el recurso en virtud de lo expuesto en el Código Orgánico de Tribunales en su artículo 55 en este caso en su letra e), todo en relación con el artículo 63 en su numeral Uno del código Orgánico de Tribunales; en virtud del articulado señalado precedentemente el territorio jurisdiccional del Juzgado de Letras de Illapel corresponde a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, y para ello no es necesario especificar a la Corte que se encuentra dirigida. En cuanto a la re

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Ahrens Silva, Vicente Juzgado de Letras de Illapel Recurso de Hecho Rol N° 1469-2022.- La Serena, cinco de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintitrés de septiembre de dos mil veintidós comparece Vicente Ahrens Silva, actuando en representación del demandado don José Rodrigo Basualdo Santana, en autos ejecutivos caratulados “FactorOne S.A con Basualdo”, e

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