ORELLANA CON CAR S.A.
Rol
Fecha
5 de mayo de 2023
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de lo señalado en el párrafo doce de la parte expositiva, que se elimina. Y teniendo además presente: Que el razonamiento señalado por el juez a quo, en cuanto a que al haberse permitido un giro por un monto mayor al permitido en los cajeros automáticos, da cuenta de una vulneración de los sistemas de control a que la demandada está obligada a realizar, lo que unido a que esta última le informó a la demandante el comportamiento inusual detectado, relativo a los giros de dinero realizados, da plausibilidad a lo demandado por la actora. Sin perjuicio de lo anterior, atendido el monto por el que resultó afectada la demandante, la condena infraccional resulta desproporcionada, razón por la cual esta Corte la rebajará prudencialmente, tal como se dirá en la parte resolutiva del fallo. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se confirma la sentencia apelada de diecinueve de julio de dos mil veintiuno, que rola a fojas 168 y siguientes, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Rancagua, en causa ROL 213.073, con declaración que se rebaja la multa impuesta a la denunciada Ripley C.A.R S.A al equivalente a 10 Unidades Tributarias Mensuales. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 137-2022- Policía Local-. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se confirma la sentencia apelada de diecinueve de julio de dos mil veintiuno, que rola a fojas 168 y siguientes, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Rancagua, en causa ROL 213.073, con declaración que se rebaja la multa impuesta a la denunciada Ripley C.A.R S.A al equivalente a 10 Unidades Tributarias Mensuales. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 137-2022- Policía Local-. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, cinco de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de lo señalado en el párrafo doce de la parte expositiva, que se elimina. Y teniendo además presente: Que el razonamiento señalado por el juez a quo, en cuanto a que al haberse permitido un giro por un monto mayor al permitido en los cajeros automáticos, da cuenta de una vulne
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