1º JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA

SEPÚLVEDA CON KREYTENBERG

Rol

14939-2022

Fecha

2 de junio de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que en los autos Rol N°209-2022 de la Corte de Apelaciones de Rancagua, sobre recurso de hecho, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Juan Francisco López Caro, en representación de la parte demandante, en contra de la resolución de la Corte mencionada de fecha veintiuno de abril de dos mil veintidós, que rechazó el recurso de hecho deducido por dicho profesional en contra de lo resuelto el día veintitrés de febrero del año en curso por el Primer Juzgado Civil de Rancagua, en causa Rol C-5453-2018. Segundo: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso - por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y este quebrantamiento haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. Tercero: Que la resolución que se pronuncia sobre un recurso de hecho se relaciona con un aspecto meramente formal, cual es la procedencia o improcedencia de un recurso de apelación, lo que resulta ajeno a la materia sustantiva que se discute en autos. Cuarto: Que la resolución impugnada por esta vía, no presenta las características de aquellas aludidas precedentemente, toda vez que, si bien tiene el carácter de interlocutoria, en la medida que resuelve una cuestión accesoria al juicio que requiere especial pronunciamiento del tribunal, no es de aquellas que ponen término al juicio ni hace imposible su prosecución. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767, 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Juan Francisco López Caro en contra de la

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767, 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Juan Francisco López Caro en contra de la resolución de veintiuno de abril de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Rol N°14.939-2022.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de junio de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que en los autos Rol N°209-2022 de la Corte de Apelaciones de Rancagua, sobre recurso de hecho, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Juan Francisco López Caro, en representación de la parte demandante, en contra de la resolución de la Corte menci

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