SANTANDER ORTIZ MAURICIO OSVALDO/ 1° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
5 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Comparece el abogado Alonso Basualto Arias, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Mauricio Osvaldo Santander Ortiz y en contra de la resolución de fecha 31 de marzo de 2023, dictada por el Sr. Juez del Primer Juzgado de Garantía de Santiago, Fernando Guzmán Fuenzalida, en la causa RUC N° 2000020893-1, RIT N°4.089-2020, por medio de la cual se rechazó el apercibimiento de cierre y oposición formuladas por la defensa; decisión que estima contraria a las garantías señaladas en el artículo 19 número 1° y 7° de la Constitución Política de la República. Argumenta que la resolución objeto del recurso es contraria a derecho, porque el plazo de investigación se encuentra vencido, conforme al artículo 247 del Código Procesal Penal. Ahonda que la formalización se produjo el día 02 de febrero de 2021 y estando expirado el término antes señalado, su parte pidió el apercibimiento de cierre de la investigación, el cual no fue acogido. Sostiene que el Tribunal no puede prorrogar un plazo legal de investigación, por lo que carece de facultades para rechazar la solicitud de apercibimiento de cierre. Afirma que la resolución recurrida perturba o amenaza la garantía de libertad personal y seguridad individual del amparado, al alterarse el procedimiento penal, no existiendo límites a la investigación ni recursos o derechos para enmendar la decisión por parte del imputado. Solicita que se deje sin efecto la resolución de 31 de marzo de 2023, y en su remplazo se dé cumplimiento al artículo 247 del Código Procesal Penal, acogiendo la oposición al aumento de plazo de la investigación, decretándose el cierre de la investigación penal. Segundo: Informando el Sr. Juez Titular del Primer Juzgado de Garantía de Santiago, Fernando Guzmán Fuenzalida, refiere que efectivamente en audiencia de 31 de marzo de 2023, en presencia de la Fiscalía, de la parte querellante y del imputado asistido por su defensa, se aumentó el plazo de c
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República; 5, 155 letra c) 247 y 257 inciso 2° del Código Procesal Penal y Auto Acordado sobre la materia, se acoge el recurso de amparo deducido a favor de Mauricio Osvaldo Santander Ortiz, en contra de la resolución de fecha 31 de marzo de 2023, dictada por el Sr. Juez del Primer Juzgado de Garantía de Santiago, Fernando Guzmán Fuenzalida, la que se deja sin efecto, y se dispone que el expresado Tribunal, deberá proceder a citar a todos los intervinientes a una audiencia a efectos de decretar el cierre de la investigación penal. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y, en su oportunidad, archívese. Redacción de la ministra Ana María Osorio Astorga. Amparo Rol N°845-2023. Pronunciada por la Octava Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Omar Astudillo Contreras e integrada por la Ministra señora Lilian Leyton Varela y la Ministra señora Ana María Osorio Astorga. 5
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Santiago, cinco de mayo de dos mil veintitrés. Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Comparece el abogado Alonso Basualto Arias, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Mauricio Osvaldo Santander Ortiz y en contra de la resolución de fecha 31 de marzo de 2023, dictada por el Sr. Juez del Primer Juzgado de Garantía de Santiago, Fernando Guzmán Fuenzalida, en la causa RUC
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