SIN INFORMACION

UMAÑA CISTERNAS BENJAMIN EDUARDO/GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

5 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Carolina Andrea Medina Ortega, abogada en representación de Benjamín Eduardo Umaña Cisternas, quien recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile por la no materialización del traslado ordenando por el Juzgado de Garantía de Colina. Explica que el amparado cumple una condena de 7 años por el delito de robo con intimidación y otra de 61 días por el delito de estafa, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I. Agrega que, por resolución del 22 de diciembre de 2022 Gendarmería sancionó al amparado por posesión de droga, sin embargo, por resolución del 23 de marzo de 2023, el Juzgado de Garantía de Colina dejo sin efecto la sanción y dispuso “evaluar si procede trasladarlo a la torre 5 A del C.C.P. Colina I o que se mantenga en el módulo 1 del C.C.P. Colina II en el cual se encuentra actualmente”. Refiere que, a la fecha Gendarmería no ha dispuesto el traslado y tampoco ha procedido a evaluar su clasificación. Agrega que, el 3 de abril de 2023 Gendarmería, haciendo caso omiso de lo resuelto por el Juzgado de Garantía, informó al tribunal que no era posible el traslado debido a la sanción que le fue cursada. Añade que actualmente el amparado se mantiene un módulo de tránsito, el que no cuenta con las condiciones mínimas de habitabilidad. Previa cita de normas internacionales, solicita que se acoja el recurso y se ordene el traslado del amparado. SEGUNDO: Que informando al tenor del recurso, el Juzgado de Garantía de Colina señala que, efectivamente, por resolución del 23 de marzo de 2023 se dejó sin efecto la sanción solicitada por Gendarmería. Agrega que por informe del 28 de marzo de 2023, Gendarmería informó que el interno se mantenía en el módulo 1 de Colina II, el que es transitorio y no apto para largas estadías. Posteriormente, el 3 de abril de 2023 Gendarmería informó que no era posible el traslado a Colina I. En virtud de lo anterior, el 4 de abril de 2023 el Juzgado de Garantía de Colina

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido en favor de Benjamín Eduardo Umaña Cisternas y en contra de la Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de lo resuelto, póngase los antecedentes en conocimiento de Gendarmería de Chile para que se adopten las medidas necesarias tendientes a asegurar el resguardo de la vida e integridad del amparado. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-651-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de mayo de dos mil veintitrés. Al folio 21; téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Carolina Andrea Medina Ortega, abogada en representación de Benjamín Eduardo Umaña Cisternas, quien recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile por la no materialización del traslado ordenando por el Juzgado de Garantía de Colina. Explica que el

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