SIN INFORMACION

PARDO PAREDES FRANCISCO AGUSTIN / GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

5 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: 1. Que a folio 1 Nancy Paredes Ahumada dedujo recurso de amparo en favor de Francisco Pardo Paredes, acción que dirige contra Gendarmería de Chile, haciendo presente que el amparado se encuentra en calidad de preso preventivo en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Valdivia donde sufre depresión, por lo que solicita su traslado a algún recinto carcelario de Santiago, su lugar de origen. 2. Que, informando, Gendarmería de Chile señaló que el amparado ingresó al Centro Penitenciario de Valdivia el 2 de enero de 2023 por orden del Juzgado de Garantía de Puente Alto; que presenta alto riesgo delictual; y que el Juzgado de Garantía antes referido les ha oficiado en 2 oportunidades, en el marco de cautela de garantías, solicitando se analice la posibilidad de su traslado a Santiago, oportunidades en las cuales se ha respondido negativamente dado el nivel de ocupación que hay en los recintos de Santiago. Agregó que el día 25 de abril fue evaluado médicamente y no reportó ningún problema de salud e indicó que se encontraba bien, sin reclamos que formular. 3. Que la pretensión de la recurrente es el traslado del amparado hacia un recinto penal de la Región Metropolitana fundado en razones de salud. Al respecto cabe consignar que la derivación y permanencia de Pardo Paredes en el Complejo Penitenciario de esta ciudad, obedece a una determinación adoptada por la autoridad penitenciaria en uso de sus facultades, mediando fundamento para ello, por lo que no se vislumbra una actuación ilegal o arbitraria en términos tales que permitan acoger esta acción constitucional de amparo. De esta forma, el amparado no se encuentra ilegalmente privado de libertad, sino que lo está por orden de un tribunal; fundamento suficiente para desestimar el recurso de amparo en cuestión, por improcedente. Por estas consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Francisc

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Francisco Pardo Paredes, sin costas. Regístrese y en su oportunidad, archívese. N° Amparo- 50-2023

Texto Completo (Preview)

Valdivia, cinco de mayo de dos mil veintitrés. Visto: 1. Que a folio 1 Nancy Paredes Ahumada dedujo recurso de amparo en favor de Francisco Pardo Paredes, acción que dirige contra Gendarmería de Chile, haciendo presente que el amparado se encuentra en calidad de preso preventivo en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Valdivia donde sufre depresión, por lo que solicita su traslado a algún recin

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