RODRIGUEZ-CANO BEZANILLA ANDRÉS/1° JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
5 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado don Rodrigo A. Pérez Marcó, en favor de don Andrés Rodríguez-Cano Bezanilla, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución -fecha que no se indica-, dictada por don Ignacio Javier Araya Suárez, Juez Titular del Primer Juzgado de Familia de Santiago, causa RIT C-6959-2022, caratulada, “RODRIGUEZ-CANO/HOLZAPFEL”, que ordenó el arraigo y arresto del amparado, la que estima es ilegal y arbitraria, y atenta contra su libertad y seguridad individual. Fundando el recurso expone, que consta en el documento de fecha 31 de marzo de 2023, que se acompaña, que el amparado pagó íntegramente la deuda de alimentos de autos. Señala que los apremios decretados en contra del amparado son improcedentes, toda vez que carecen de
Fundamentos
fundamentos y se han realizado sin que exista mérito al efecto. Sostiene que la resolución del magistrado recurrido vulnera grave e infundadamente la libertad personal del amparado, por lo que, estima se debe hacer lugar a la presente acción. Hace presente que las facultades coercitivas que el ordenamiento otorga a los Jueces, más aún a los de Familia, deben ser ejercidas con prudencia y cabal conocimiento de las causas sometidas a su decisión, lo que no ha ocurrido en este caso, ni se ha considerado la circunstancia de que el amparado, ha cumplido íntegramente con su obligación de manutención de sus hijos. Pide, previas citas legales, se deje sin efecto la resolución del Primer Juzgado de Familia de Santiago, causa Rit C-6959-2022, dictada por el Juez Titular del Juzgado de Familia de Santiago don Ignacio Javier Araya Suárez, en autos caratulada “RODRÍGUEZ-CANO/ HOLZAPFEL”, que impone la medida de arraigo y arresto al recurrente, por los motivos de hecho expuestos y conforme al derecho invocado por haber sido adoptada en forma ilegal y arbitraria. Segundo: Que, el 28 de abril del presente año, informando don Ignacio Javier Araya Suárez, juez destinado del 1° Juzgado de Familia de Santiago, señala que con fecha 21 de marzo de 2023, a solicitud de parte, se decretó orden de arresto nocturno en contra del amparado, por el no pago de la deuda de alimentos. Indica que la parte demandada repuso de la orden de arresto fundado el monto depositado de $50.000; recurso que fue rechazado mediante resolución de 28 de marzo pasado por resultar insuficiente dicha suma para saldar la deuda liquidada de $8.987.391. Precisa que por medio de la misma resolución se corrigieron errores de referencia consignados en el oficio de arresto ya decretado. Posteriormente, indica que con fecha 31 de marzo de 2023, la parte demandada solicitó el alzamiento de las medidas cautelares decretadas en su contra, entre ellas, el arresto nocturno, invocando un depósito por la suma adeudada. Agrega que con fecha 19 de abril pasado, arribó a los autos oficio de la Policía de Investigaciones de Chile, dando cuenta que resultó frustrada la diligencia de arresto encomendada. Asevera que, del tenor del informe evacuado por la policía civil, aparecía que en su gestión no se consideraron las correcciones de referencia efectuadas al primer oficio, por lo que, a solicitud de la parte demandante, se reiteró la diligencia con los datos correctos, por medio de resolución de 25 de abril, misma providencia que es objeto de la presente acción constitucional. Refirió que, hasta ese momento no se había confeccionado la liquidación ordenada y que el depósito incoado por el amparado ya constaba en el portal, de manera que por resolución de 26 de abril pasado -folio 295-, de oficio, se dejaron sin efecto todos los apremios decretados en contra del alimentante, despachándose los respectivos oficios por medio de resolución de folio 297. Manifiesta que, no obstante que, al momento de decretarse la me
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en favor de don Andrés Rodríguez-Cano Bezanilla en contra del magistrado del Primer Juzgado de Familia de Santiago. Regístrese y, oportunamente, archívese. N°Amparo-762-2023. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por los Ministros señora Lilian A. Leyton Varela, señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Eduardo Nelson Gandulfo Ramírez. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cinco de mayo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, cinco de mayo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado don Rodrigo A. Pérez Marcó, en favor de don Andrés Rodríguez-Cano Bezanilla, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución -fecha que no se indica-, dictada por don Ignacio Javier Araya Suárez, Juez Titular del Primer Juzgado de Familia de San
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