JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PANGUIPULLI

MP C/ HECTOR ADOLFO HUEITRA QUILAQUEO

Rol

Fecha

5 de mayo de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Teniendo presente que en la especie se cumplen los presupuestos fácticos del artículo 464 del Código Procesal Pena, se CONFIRMA la resolución apelada de veintiséis de abril de dos mil veintitrés. Sin perjuicio de lo resuelto y

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decreten medidas cautelares de menor intensidad. A continuación alega el Ministerio Público, quien pide se confirme la resolución en alzada, en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que fundamenta en la audiencia. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. El Sr. Presidente de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Teniendo presente que en la especie se cumplen los presupuestos fácticos del artículo 464 del Código Procesal Pena, se CONFIRMA la resolución apelada de veintiséis de abril de dos mil veintitrés. Sin perjuicio de lo resuelto y considerando las facultades oficiosas con que cuenta el tribunal a quo, éste deberá citar a audiencia a los intervinientes a fin de discutir la posibilidad de adelantar la realización de la pericia psiquiátrica al imputado ya sea a través del Servicio Médico Legal o por un médico especialista designado especialmente para el caso de autos; y discutir asimismo el nombramiento de un curador ad litem para el imputado. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 626 – 2023 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 5 de mayo de 2023. Rafael Cáceres Santibáñez Relator Suplente En Valdivia, cinco de mayo de dos mi veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA CINCO DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRÉS, PARA LA VISTA –POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 1910066260-7, RIT 1307–2019. ROL CORTE 626–2023. Siendo las 11:15 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia del Ministro Sr. Samuel Muñoz Weisz, Ministra

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