CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A. CON VICTOR GUTIÉRREZ SALDIA
Rol
Fecha
4 de mayo de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo, además, presente que el incidentista no se refiere a vicios procesales en el cumplimiento de la notificación por parte del ministro de fe, ni haber dejado de llegar a su poder la respectiva copia de la demanda y de la resolución recaída en ella, conforme manda el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, lo mismo que la correspondiente cédula de espera, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del cuerpo legal aludido, se confirma la resolución apelada de veintiuno de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el 1° Juzgado Civil de Puente Alto, en la causa Rol C-8655-2022. Devuélvase. N° 478-2023 Civil.
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San miguel, cuatro de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo, además, presente que el incidentista no se refiere a vicios procesales en el cumplimiento de la notificación por parte del ministro de fe, ni haber dejado de llegar a su poder la respectiva copia de la demanda y de la resolución recaída en ella, conforme manda el artículo 44 del Código de
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