INOSTROZA/MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE LOS RIOS
Rol
Fecha
4 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Alejandro Inostroza Cavieres, quien interpone acción de protección en contra de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en haber dictado la Resolución Exenta N° 252/2204/2022, de 30 de noviembre de 2022, mediante la cual dispuso la renovación de su contrata pasando del cargo profesional grado 5° EUR como encargado de la Sección de Administración y Finanzas al grado 10° para desarrollar labores como analista Coordinador de Compras y Servicios Generales de la Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, vulnerándose las garantías contenidas en el artículo 19 N° 2, N° 16 y N° 24 de la Constitución Política de la República. En primer lugar, indica que es funcionario de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, profesional contrata asimilado a grado 5° EUR, encargado de la Sección de Administración y Finanzas de la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, y ya anteriormente con confianza legítima en el grado profesional 6° EUR por 3 años, con 10 años de antigüedad total en el servicio. Precisa que desde enero de 2015 asumió el rol de encargado de la Sección de Administración y Finanzas, en su calidad de funcionario a contrata grado 6°, producto de que no existe una planta titular para este cargo en la orgánica institucional. Posteriormente en agosto de 2018, fue ascendido a grado 5°, producto de su desempeño y las labores que le correspondió asumir en su calidad de profesional a contrata. Para fundar su recurso, esgrime que la decisión que impugna a través del presente recurso fue adoptada por la recurrida al no tener en consideración ningún argumento de su parte y sin previo aviso o retroalimentación de una medida tan radical como la que indica y que, en definitiva, constituye una especie de sanción no contemplada en nuestro ordenamiento jurídico, pero que pretende pasar por una decisión apegada a derecho
Fundamentos
considerando la naturaleza jurídica de los empleos a contrata que expiran por el solo ministerio de la ley el 31 de diciembre de cada año, salvo se disponga por la autoridad competente su prórroga por igual período, atendiendo los criterios establecidos reglamentariamente respecto del cambio de funciones y de grado del personal contratado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la autoridad ministerial procedió a dictarla Resolución Exenta RA N° 272/2204/2022, de fecha 30 de noviembre de 2022, que dispuso la contratación del funcionario Alejandro Inostroza Cavieres, como profesional, asimilado a grado 10° de la E.U.S, para el desempeño de las funciones que se describen en el documento “Perfil de Cargo”, que le fuera entregado al recurrente conjuntamente con la notificación de la decisión de la autoridad, acto administrativo debidamente fundado, en conformidad con lo dispuesto en los articulo 11 y 41 de la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. Ahora bien, en relación con los fundamentos de la resolución impugnada, esgrime que la decisión adoptada se realizó en base a la solicitud de la jefa directa del recurrente, la Secretaria Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, a través de la cual requiere se dicte el acto administrativo que renueve la contrata del funcionario Alejandro Inostroza Cavieres, asignándole nuevas funciones transversales y específicas y el correspondiente nuevo grado, por las razones que en la misma resolución exenta se señalan. Tales razones se refieren a lo siguiente: 1) Plan de emergencia habitacional. En este ítem se señala que existe la necesidad de reasignar al recurrente para el cumplimiento de otras tareas para las cuales cuenta con las competencias necesarias; 2) Confianza legítima. Se indica que se ha tenido en cuenta el Dictamen E156.769 de 2021, de la Contraloría General de la República y que en tal sentido se han entregado los fundamentos de la resolución recurrida y que dicen relación con las medidas que requiere adoptarla SEREMI Metropolitana para dar cumplimiento al Plan de Emergencia Habitacional, que necesariamente impactan en la dotación del personal y en el presupuesto asignado al efecto, y que particularmente, en este caso determinó el cambio de labores del funcionario Alejandro Inostroza Cavieres. Agrega que, es efectivo que al recurrente le es aplicable el instituto de la confianza legítima en la prórroga de su contrata, pero ello no obsta a que dicha contrata pueda sufrir modificaciones en cuanto a sus condiciones, las cuales deben encontrarse debidamente fundadas, como queda de manifiesto en el acto administrativo impugnado, el que contiene los antecedentes de hecho y los fundamentos jurídicos en que se sustenta la decisión adoptada. En ese orden de ideas, la recurrida concluye en cuanto a que se ha demostrado en este informe que la decisión de la autoridad de renovar la contrata
Fallo
por tanto, que la autoridad que lo dicta exprese los razonamientos y los antecedentes de hecho y de derecho que le sirven de sustento y conforme a los cuales ha adoptado su decisión, sin que sea suficiente la simple referencia formal, de manera que su sola lectura permita conocer cuál fue el raciocinio para la adopción de su decisión. 3. Que, en vista de lo anterior, y del imperativo de administrar eficientemente el personal a su cargo, la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, ha estimado prudente solicitar a esta Subsecretaria, evaluar las condiciones del vínculo contractual que se mantiene vigente con don Alejandro Inostroza Cavieres, cédula de identidad N° 12.131.797-4. 4. Que, tal como consta en el registro SIAPER, don Alejandro Inostroza Cavieres, de profesión psicólogo, fue contratado mediante Resolución Exenta N° 610, de fecha 05 de octubre de 2012, en calidad de contrata, profesional, asimilado a grado 11° EUR, para desempeñar funciones en la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. 5. Que, actualmente, el funcionario se desempeña como Encargado de la Sección de Administración y Finanzas de esta Secretaría Ministerial regional, en calidad de profesional, asimilado a grado 5° EUR. 6. Que, el funcionario, en su calidad de Encargado de la Sección de Administración y Finanzas de esta Secretaría Ministerial, debe liderar procesos relacionados a los recursos humanos de la institución. En ese con
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C.A. de Santiago Santiago, cuatro de mayo de dos mil veintitrés. A folio 16, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Alejandro Inostroza Cavieres, quien interpone acción de protección en contra de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en haber dictado la Resolución Exenta N° 252/2204/2022, de 30 de
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