DA SILVA/MUÑOZ
Rol
Fecha
4 de mayo de 2023
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCA Y CONFIRMA CON DECLARAC
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su motivo décimo, que se elimina. Y se tiene en su lugar y además, presente: Que del mérito de los antecedentes se advierte que la parte demandada no fue totalmente vencida, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 144 del Código de Procedimiento Civil, y 32 de la ley 18.287, se resuelve: I.- Se revoca la sentencia de la sentencia apelada de veintiséis de abril del año dos mil veintiuno, dictada por el 3°Juzgado de Policía Local de Las Condes, en la parte que condenó en costas al demandado y en su lugar se declara que se le exime de dicha carga. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia, con declaración que los reajustes ordenados pagar en ella se calcularán desde que el presente fallo quede ejecutoriado y los intereses desde que el deudor se constituya en mora. Regístrese y devuélvase. N° 1760-2021 Policía Local. No firma la Fiscal Judicial Carla Troncoso Bustamante, por tener problemas de factibilidad técnica con su token.
Fallo
se resuelve: I.- Se revoca la sentencia de la sentencia apelada de veintiséis de abril del año dos mil veintiuno, dictada por el 3°Juzgado de Policía Local de Las Condes, en la parte que condenó en costas al demandado y en su lugar se declara que se le exime de dicha carga. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia, con declaración que los reajustes ordenados pagar en ella se calcularán desde que el presente fallo quede ejecutoriado y los intereses desde que el deudor se constituya en mora. Regístrese y devuélvase. N° 1760-2021 Policía Local. No firma la Fiscal Judicial Carla Troncoso Bustamante, por tener problemas de factibilidad técnica con su token.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Rodrigo Tejeda por el recurso. Santiago, 4 de mayo de 2023. Santiago, cuatro de abril de dos mil veintitrés. Al escrito folio N° 9 y 8: Téngase presente y a sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su motivo décimo, que se elimina. Y se tiene en su lugar y además, presente: Que del mérito de los ante
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica