MP C/ ERICO ALFONSO BURGOS CASTRO
Rol
Fecha
4 de mayo de 2023
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido los antecedentes hasta ahora reunidos en la carpeta investigativa, se REVOCA la resolución apelada de veinticinco de abril de dos mil veintitrés y, en su lugar, se decreta el arresto domiciliario total del imputado en un domicilio que deberá aportar la defensa, distinto al de la madre. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. María Elena Llanos Morales, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 612 – 2023 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 4 de mayo de 2023. Alejandro Clunes Muñoz Relator En Valdivia, cuatro de mayo de dos mi veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decreten medidas cautelares de menor intensidad; en subsidio se fije caución por un monto inferior al decretado. A continuación alega el Ministerio Público, quien pide se confirme la resolución en alzada, en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que fundamenta en la audiencia. Las intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido los antecedentes hasta ahora reunidos en la carpeta investigativa, se REVOCA la resolución apelada de veinticinco de abril de dos mil veintitrés y, en su lugar, se decreta el arresto domiciliario total del imputado en un domicilio que deberá aportar la defensa, distinto al de la madre. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. María Elena Llanos Morales, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 612 – 2023 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 4 de mayo de 2023. Alejandro Clunes Muñoz Relator En Valdivia, cuatro de mayo de dos mi veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA CUATRO DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRÉS, PARA LA VISTA –POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 2310020768-0, RIT 546–2023. ROL CORTE 612–2023. Siendo las 10:20 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de las Ministras Sra. Marcia Undurraga Jensen
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