LIZINCE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
4 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Andrés Correa Fuentes en representación de Wilbert Lizince, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.877.683-4, domiciliado para estos efectos en Avenida Juanita 13602, comuna de La Pintana, para deducir recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, por la omisión ilegal y arbitraria en la dictación de la resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo, aprobando o rechazando, la solicitud de residencia definitiva, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley 19.880. Indica que el recurrente cuenta con autorización para ejercer actividades remuneradas pero que decidió cambiar su situación migratoria y el día 18 de diciembre de 2020 solicitó el beneficio de permanencia definitiva según solicitud N° 16149731. Añade que el recurrente no ha recibido ninguna respuesta por parte del servicio recurrido, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Pide, que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud adoptando las providencias que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que informa al tenor del recurso Julián Salviat Silva, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo y alegando la improcedencia de una eventual condena en costas. Indica que la solicitud del recurrente, presentada el 18 de diciembre de 2020, se encuentra actualmente en etapa de “Evaluación intermedia”, habiéndose iniciado la misma el 14 de diciembre de 2021. Afirma que, estando en tramitación la solicitud, el recurrente mantiene situación mig
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Wilbert Lizince, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y se ordena al recurrido que dentro del plazo de treinta días corridos emita un pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Nº65-2023 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cuatro de mayo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Andrés Correa Fuentes en representación de Wilbert Lizince, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.877.683-4, domiciliado para estos efectos en Avenida Juanita 13602, comuna de La Pintana, para deducir recurso de protección en contra del Servicio Nacio
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