1º JUZGADO CIVIL DE VIÑA DEL MAR

ARAYA/ALVARADO

Rol

Fecha

4 de mayo de 2023

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Visto y teniendo además presente: Primero: Que, el hecho a probar establecido en el N°3 de la resolución que recibió la causa a prueba, se encuentra contemplado en el N° 2 de la misma, por lo que se procederá a su eliminación. Segundo: Que respecto al segundo capítulo de la apelación de la resolución ya mencionada, resulta necesario acreditar las circunstancias que menciona la demandante en relación al punto N°4 de prueba, por lo que se rechazará su modificación. En conformidad a lo señalado, y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado Civil de Viña del Mar y se declara que se elimina el punto de prueba N° 3, quedando en definitiva éste de la siguiente forma: 1.- Efectividad de haber celebrado don GONZALO ERICKS ARAYA ASTUDILLO, y don MARÍA TERESA ALVARADO RUIZ, un contrato de promesa de compraventa respecto de la propiedad inmueble ubicada en calle Las Torres N°15, comuna de Viña del Mar. Obligaciones de las partes que de él nacen y condiciones pactadas para la celebración del contrato definitivo. 2.- Circunstancias de hecho que acreditarían el incumplimiento de la demandada a las obligaciones que le imponía el contrato. 3.- Efectividad de haber cumplido la parte promitente vendedora con las obligaciones que le imponía el contrato o si estaba llano a cumplir. Plazo para cumplir la obligación y, en su caso, si le es imputable por culpa o dolo de su parte. 4.- Existencia, naturaleza y monto de los daños que habría sufrido la demandante a raíz del incumplimiento denunciado. Devuélvase. N° Civil-1084-2023

Fallo

se declara que se elimina el punto de prueba N° 3, quedando en definitiva éste de la siguiente forma: 1.- Efectividad de haber celebrado don GONZALO ERICKS ARAYA ASTUDILLO, y don MARÍA TERESA ALVARADO RUIZ, un contrato de promesa de compraventa respecto de la propiedad inmueble ubicada en calle Las Torres N°15, comuna de Viña del Mar. Obligaciones de las partes que de él nacen y condiciones pactadas para la celebración del contrato definitivo. 2.- Circunstancias de hecho que acreditarían el incumplimiento de la demandada a las obligaciones que le imponía el contrato. 3.- Efectividad de haber cumplido la parte promitente vendedora con las obligaciones que le imponía el contrato o si estaba llano a cumplir. Plazo para cumplir la obligación y, en su caso, si le es imputable por culpa o dolo de su parte. 4.- Existencia, naturaleza y monto de los daños que habría sufrido la demandante a raíz del incumplimiento denunciado. Devuélvase. N° Civil-1084-2023

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Cgv Valparaíso, a cuatro de mayo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo además presente: Primero: Que, el hecho a probar establecido en el N°3 de la resolución que recibió la causa a prueba, se encuentra contemplado en el N° 2 de la misma, por lo que se procederá a su eliminación. Segundo: Que respecto al segundo capítulo de la apelación de la resolución ya mencionada, re

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