SIN INFORMACION

KEVIN HUMBERTO FABIAN PICARTE TELCHE/JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

Rol

Fecha

3 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que el 28 de abril del año en curso, comparece don Juan Carlos Gómez Becerra, abogado, en favor del imputado Kevin Humberto Picarte Telche, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la magistrada doña Ingrid Mariet Arevalo Sepúlveda del Juzgado de Garantía de San Bernardo, por haber dictado la resolución de dieciséis de mayo de dos mil veintidós, que rechazó el procedimiento abreviado acordado entre la defensa, el imputado y el Ministerio Público. Indica que su representado, el cuatro de noviembre de dos mil veinte, durante la audiencia de control de la detención, fue formalizado por tres delitos de robo con intimidación del artículo 436 inciso 1° del Código Penal, y por el delito de receptación de vehículos motorizados del artículo 436 bis, ambos en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado. En dicha audiencia se ordenó la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva, por peligro para la seguridad de la sociedad, para las víctimas y para el éxito de la investigación. Además, se fijó un plazo de investigación de 70 días. Añade que el 14 de octubre del 2021, el Ministerio Público presentó acusación en contra de su representado por los delitos ya señalados. Indica que el fiscal titular habría ofrecido terminar la causa mediante procedimiento abreviado, ofreciendo la pena de cinco años y un día, por los tres delitos de robo con intimidación y quinientos cuarenta y un día por el delito de receptación de vehículo motorizado, manifestando su representado su voluntad de someterse a dicho procedimiento,

Fundamentos

considerando la extensión de la pena propuesta. En la audiencia fijada para la preparación de juicio oral/procedimiento abreviado, del pasado 16 de mayo del 2022, en la que se pretendía realizar el procedimiento abreviado acordado, tanto el defensor como el fiscal señalaron tener minutas con las instrucciones y estar en condiciones de realizarlo. Ante tal situación, la magistrada solicitó al señor fiscal la lectura de los hechos materia de la acusación, posteriormente se le pregunta a su representado si está de acuerdo con someterse a un procedimiento abreviado, al cual responde que sí, y que esta aceptación es libre y voluntaria. Luego la juez resolviendo la solicitud, rechaza el procedimiento abreviado. Pide se deje sin efecto la resolución y se haga lugar a la petición del fiscal de tramitar y fallar la presente causa en conformidad a las reglas del procedimiento abreviado, sin perjuicio de cualquier otra providencia que esta Corte disponga para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de la libertad personal de su defendido. Segundo: Que informa al tenor del recurso doña María José Moreno Bravo, Juez del Juzgado de Garantía de San Bernardo, señalando que la resolución dictada en audiencia de 16 de mayo de 2022, que rechazó la solicitud de procedimiento abreviado presentada por el Ministerio Público, fue dictada por la Juez Ingrid Arévalo Sepúlveda, por los siguientes fundamentos: Indica que, si bien la pena solicitada por el fiscal en la acusación no excede de 10 años y que al acuerdo propuesto el acusado ha prestado su consentimiento con pleno conocimiento de sus derechos libre y voluntariamente, además para que el tribunal pueda declarar la admisibilidad del procedimiento abreviado es necesario que los antecedentes reunidos en la investigación sean suficientes para proceder de esta manera. Agrega que el imputado ha sido acusado por el Ministerio Público por 3 delitos de robo con intimidación y 1 delito de receptación de vehículo motorizado. Que si bien el imputado antes individualizado no registra condenas como adulto el Tribunal no puede desconocer según los antecedentes que ha esgrimido el Ministerio Publico, que el imputado registra 6 condenas como adolescente por el delito de robo con intimidación, 3 condenas por el delito de receptación y 1 condena por el delito de porte ilegal de arma de fuego. Añade que en este caso corresponde aplicar la regla de reiteración de delito contemplada en el artículo 351 del Código Procesal Penal por lo que se debe aumentar la pena en 1 o 2 grados. Señala que de aceptarse un procedimiento abreviado, el juez no puede imponer una pena superior a la propuesta por el fiscal, sin embargo, debe el órgano jurisdiccional revisar e indagar el estudio de los antecedentes, si esa pena propuesta guarda concordancia con las piezas de la investigación, ya que si la propuesta del fiscal no es susceptible de confrontarse con los antecedentes de la investigación implicaría que el Ministerio

Fallo

se declara que se rechaza el recurso de amparo deducido a favor de Kevin Humberto Picarte Telche. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 252-2023 Amparo.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, tres de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: Primero: Que el 28 de abril del año en curso, comparece don Juan Carlos Gómez Becerra, abogado, en favor del imputado Kevin Humberto Picarte Telche, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la magistrada doña Ingrid Mariet Arevalo Sepúlveda del Juzgado de Garantía de San Bernardo, por haber dictado la resolución de dieciséis

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