ISAPRE NUEVA MAS VIDA S.A./11° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO - (LTE) - VISTA EN POS DEL ING. CORTE 10480-2021.-
Rol
Fecha
3 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Francisco Fuentes Valpuesta, en representación de Nexus Chile Health SPA y de Isapre Nueva Masvida S.A., en autos sobre proceso concursal de liquidación forzosa de empresa deudora seguidos ante el 11° Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol 15.421-2020, caratulados “Nexus Chile Health SPA con Empresa Masvida S.A.”, para interponer verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 22 de noviembre de 2021, dictada por el referido tribunal, que no concedió un recurso de apelación interpuesto directamente en contra de aquella de 10 de noviembre de 2021, que rechazó la acumulación solicitada por el 15° Juzgado Civil de esta ciudad. Señala que el 22 de noviembre de 2021, el tribunal rechazó el recurso de reposición por improcedente, en atención a la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y lo dispuesto en el artículo 181 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto al recurso de apelación subsidiario, denegó concederlo, argumentando que “no habiendo interpuesto directamente, es decir, a lo principal de esta presentación, encontrándose por tanto precluído su derecho, no ha lugar por improcedente en la forma interpuesta”. Finalmente, respecto del recurso de apelación directo, el tribunal resolvió “Atendido lo resuelto precedentemente, habiendo precluído su derecho, no ha lugar”. Plantea que el recurso de apelación, sea subsidiario o directo, debió ser concedido por el 11° Juzgado Civil de Santiago porque la resolución recurrida corresponde a un auto que altera la sustanciación regular del proceso; y si se considera que es una sentencia interlocutoria, como efectiva y expresamente consideró el tribunal, debió concederlo atendido lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código Adjetivo. Segundo: Que informa al tenor del recurso la jueza suplente Ximena Sumonte Contreras, explicando que la decisión del tribunal obedece a la determinación de la naturaleza jurídica de la resolución recurrida,
Fallo
por tanto precluído su derecho, no ha lugar por improcedente en la forma interpuesta”. Finalmente, respecto del recurso de apelación directo, el tribunal resolvió “Atendido lo resuelto precedentemente, habiendo precluído su derecho, no ha lugar”. Plantea que el recurso de apelación, sea subsidiario o directo, debió ser concedido por el 11° Juzgado Civil de Santiago porque la resolución recurrida corresponde a un auto que altera la sustanciación regular del proceso; y si se considera que es una sentencia interlocutoria, como efectiva y expresamente consideró el tribunal, debió concederlo atendido lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código Adjetivo. Segundo: Que informa al tenor del recurso la jueza suplente Ximena Sumonte Contreras, explicando que la decisión del tribunal obedece a la determinación de la naturaleza jurídica de la resolución recurrida, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, por tratarse de una sentencia interlocutoria que falla un incidente del juicio, estableciendo derechos permanentes para las partes. Menciona que conforme lo dispone el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, dicha resolución es apelable directamente y que al haberse recurrido respecto de la misma, primero mediante un recurso de reposición, estimó que la parte hizo uso de su derecho, precluyendo respecto de los recursos deducidos en forma subsidiaria por no haberse ejercido en la oportunidad que determina la ley. Tercer
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, el abogado don Francisco Fuentes y el abogado don Felipe Estrada, por el recurso y contra el recurso, respectivamente. Santiago, 3 de mayo de 2023. Nicole Bustos Maulén, relatora. Santiago, tres de mayo de dos mil veintitrés. A los escritos folios N°s 21, 22 y 23: Téngase presente. Santiago, tres de mayo de dos mil veintitrés Vistos y teniendo present
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