SIN INFORMACION

RAMIREZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

3 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 22 de diciembre del año 2022, comparecen los abogados John Andy Flen Rettig y Franco Aldo Brunetti Arredondo, en favor de William Ernesto Ramírez Machado, cédula nacional para extranjeros N°26.823.422-5, de nacionalidad cubana, y domiciliado en Edmundo Cabezas N°2511, depto. 301, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Luis Thayer Correa, con domicilio en Matucana N° 1223, Santiago, por infringir las garantías constitucionales establecidas en los numerales 1, 2, 9 inciso final, 16 y 24 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental. Fundan su recurso en que el actor, con fecha 15 de junio de 2021, solicitó el beneficio de permanencia definitiva a través de la plataforma informática del Servicio recurrido, según consta en comprobante de solicitud que acompaña a su recurso, sin que hasta la fecha de presentación de la acción de marras, haya recibido comunicación alguna en relación a su permanencia definitiva. Alegan que esta circunstancia ha generado graves problemas, como por ejemplo, el vencimiento de la cédula de identidad del recurrente, con todas las complicaciones que ello irroga. Indican que el actuar de la recurrida constituye una ilegalidad por exceder el plazo establecido en el artículo 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Citan jurisprudencia y finalizan solicitando que se acoja su acción y en virtud de ello, se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la solicitud de permiso de residencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, con expresa condena en costas. Acompañan antecedentes en que se funda la presente acción. Con fecha 17 de marzo de 2023, a folio 7, compareció la Institución recurrida solicitando el rechazo del recurso e

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de William Ernesto Ramírez Machado, cédula nacional para extranjeros N°26.823.422-5, de nacionalidad cubana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. IC Rol 538-2023 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, tres de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 22 de diciembre del año 2022, comparecen los abogados John Andy Flen Rettig y Franco Aldo Brunetti Arredondo, en favor de William Ernesto Ramírez Machado, cédula nacional para extranjeros N°26.823.422-5, de nacionalidad cubana, y domiciliado en Edmundo Cabezas N°2511, depto. 301, comuna de Rancagua, deduciendo recurs

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