SIN INFORMACION

BARRIGA/ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A.

Rol

Fecha

3 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Alicia Araneda Cofre, abogado, en favor de don Sebastián Agustín Barriga Grez, ingeniero civil industrial, domiciliado en Carmen 77 dpto. 2407, y deduce recurso de protección por el acto que califica de arbitrario e ilegal consistente en haber puesto término unilateral a su contrato de salud, por incumplimiento de obligaciones del afiliado al no pagar cotizaciones de salud, solicitando se declare ilegal y arbitrario el término de contrato y se orden a la recurrida mantener el contrato vigente, en iguales condiciones que antes de la emisión de la carta de advertencia de término, toda vez que el FUN N°2, no se tiene conocimiento, con costas. Parte relatando que el recurrente contrató con la recurrida, contrato de salud, Plan denominado PLAN EMPRENDEDOR JEM 18, ocurriendo que, en julio de 2007, por repetidos episodios de fiebre del actor, derivó finalmente en diagnóstico de infección por VIH, indicándosele tratamiento con medicamento DOVATO, que actualmente tiene un precio de $599.995, la caja y dura un mes, droga que ingresada al GES de Isapres, reduce su valor a $19.000. Señala, que el 9 de agosto de 2022, recibe una carta de la Isapre, requiriendo el pago de cotizaciones impagas, anexando detalle de morosidad, por $2.319, se pagó dicha suma, el 10 de agosto, sumado a otras cotizaciones, por $385.528, no quedando saldo pendiente, sin embargo, el 13 de diciembre de 2022, luego que se terminaran sus medicamentos, concurre a la Farmacia Ahumada, no pudiendo adquirirlos por aparentes fallas en el sistema, no cargaba el precio GES, por lo cual se presentó a la Isapre, el 14 de diciembre, enterándose que lo habían desafiliado, unilateralmente, no recibiendo carta de aviso alguna. Allí le informaron que existe una supuesta carta FUN N°2, donde se le comunica estar desafiliado por no pago de $2.319, acto seguido hizo reclamo en Superintendencia. Alega, que la terminación de contrato fue ilegal y arbitraria, vulnerand

Fallo

por tanto, si ese proceder afectó o amenaza las garantías constitucionales invocadas. Quinto: Que, de lo informado por el recurrido, en orden a que actualmente el contrato de salud con el recurrente se encuentra vigente, por haberse dejado sin efecto la resolución anterior que le ponía término por no pago pago de las cotizaciones de salud, resulta evidente que el presente arbitrio carece de objeto, por cuanto el recurrente pretendía precisamente la enmienda que ya se ha verificado. En consecuencia, el presente recurso ha perdido todo objeto, todo lo cual obliga a desestimarlo, resultando innecesario pronunciarse sobre las demás alegaciones del recurrente. Sexto: Que, en consecuencia, la acción cautelar intentada ha perdido oportunidad, por lo que no puede prosperar. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se decide que: Se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Sebastián Agustín Barriga Grez, en contra de Isapre Nueva Masvida S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-161686-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de mayo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Alicia Araneda Cofre, abogado, en favor de don Sebastián Agustín Barriga Grez, ingeniero civil industrial, domiciliado en Carmen 77 dpto. 2407, y deduce recurso de protección por el acto que califica de arbitrario e ilegal consistente en haber puesto término unilateral a su contr

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