SIN INFORMACION

VALASTRO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAM

Rol

Fecha

3 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Alexander Valastro Ferrer, cédula nacional de identidad N° 19.205.527-k, domiciliado en calle Eduardo Abaroa N° 1820, Calama, quien dedujo recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Calama, RUT N° 69.020.200-K, representada legalmente por Eliecer Daniel Chamorro Vargas, cédula nacional de identidad N° 12.607.650-K, ambos con domicilio en calle Benjamín Vicuña Mackenna N° 2001, Calama, solicitando, se dispongan las providencias necesarias que le permitan la obtención de una hora, para así, acceder a su licencia de conducir. Informó la recurrida, solicitando el rechazo de la acción cautelar promovida en su contra. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente fundó su acción constitucional, en que los procedimientos dispuestos por la recurrida, no le permiten obtener una hora para acceder a su licencia de conducir. Señaló que, atendido a la crisis sanitaria experimentada a nivel mundial, se fueron adoptando diversos procedimientos para la realización de determinados trámites administrativos, para así, no paralizar la continuidad de los servicios prestados por el ente público. Al efecto, indicó que el Departamento del Tránsito de la ciudad de Calama, funciona con un sistema que vulnera derechos Constitucionales. En concreto, se determinó por el ente edilicio, que para la obtención de una hora, se debe ingresar a una plataforma online, y así agendar un día determinado para concurrir a realizar el trámite de rigor, en el caso concreto, tramitar su licencia de conducir. Enfatizó que parece ser un trámite eficiente, no obstante, la página de internet siempre se encuentra caída o reporta problemas técnicos o bien, nunca tienen horas disponibles, lo que claramente resulta ilegal y arbitrario. En consecuencia, alegó como conculcados las garantías Constitucionales consagradas en el artículo 19 N°s, 1, 2 y 23 de la Carta Fundamental. SEGUNDO: Que informó por la recurrida, la abogada Lisset Marchant Zuleta, en representación de la Ilustre Municipalidad de Calama, solicitando el rechazo del recurso de protección interpuesto. Expone que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N°1 que fija el texto refundido coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito N°18.290, el Director de Tránsito expide las Licencias de conducir, instrumento que habilita la conducción de vehículos motorizado o de tracción animal, de acuerdo lo dispone su artículo 5°. Enfatizó que, en cumplimiento de dicho cometido la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Calama verifica la reserva de horas a través de la página web del Municipio www.municipalidadcalama.cl. Ello desde luego, sirvió para descongestionar largas filas de personas que pretendían obtener la licencia de conducir o su renovación, haciendo presente, que aún no ha cesado la contingencia del mismo Servicio, desde que se prorrogaron las vigencias de las licencias cuyo vencimiento lo era, para el año 2022, al año 2023, provocándose evidentemente una congestión de atenciones, lo que precisamente se evita con las plataforma que se creó para tales efectos. Agregó, que han implementado diversas mejoras lo que ha significado atender a más usuarios, con la extensión de horas, adicionando incluso personal para ello. Así, conforme a la información actualizada remitida por la Dirección de Tránsito, como Unidad Técnica en la materia, el Municipio otorga una cantidad de 100 horas diarias de agendamiento de renovación de Licencias de conducir, además, de brindar atención preferencial a adultos mayores de 60 años, quienes no requieren programar su hora a través del canal remoto, teniendo aquellos la posibilidad de

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso deducido por Alexander Valastro Ferrer, en contra de la Ilustre Municipalidad de Calama. Regístrese y comuníquese. Rol 894-2023 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, tres de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Alexander Valastro Ferrer, cédula nacional de identidad N° 19.205.527-k, domiciliado en calle Eduardo Abaroa N° 1820, Calama, quien dedujo recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Calama, RUT N° 69.020.200-K, representada legalmente por Eliecer Daniel Chamorro Vargas, cédula nacional de identidad N°

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