SAEZ / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO (ACUMULADA ROL IC 847-2023 -D-)
Rol
Fecha
3 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, tres de mayo de dos mil veintitrés. Vistos. En folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de Javier Enrique Sáez Escudero, quien actualmente cumple condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Se indica en el recurso que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 5 años y un día por el delito de robo con intimidación, otra de 541 días por el delito de porte de arma de fuego y otra de 11 años por el delito de robo con violencia. Su inicio de condena es el día 20 de octubre de 2010, el término de la misma es el día 14 de abril de 2028, teniendo un día de abono y su tiempo mínimo para postular al beneficio el día 17 de junio de 2022. Se argumenta que el amparado cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N°321 y pide que se le conceda la libertad condicional. En folio 4, se evacua informe por el Complejo Penitenciario de Valparaíso, remitiendo los antecedentes de la postulación del amparado. En folio 7, consta el informe de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, adjuntando la resolución recurrida que contiene los
Fundamentos
fundamentos de la decisión: “Que teniendo en consideración que el informe de postulación psicosocial a que se refieren los artículos 12 y 14 del Decreto N° 338, resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad, pues da cuenta que el postulante mantiene riesgo de reincidencia alto; considerando el mérito del informe mantiene necesidades de intervención y el propio informe no recomienda acceder al beneficio, siendo posible concluir que no cumple con las exigencias establecidas en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 321”. A folio 8, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que, lo que se cuestiona por esta vía es la legalidad de la Resolución N° 363-2023, de 10 de abril de 2023, por medio de la cual la Comisión recurrida rechazó el beneficio de la libertad condicional al amparado. Segundo: Que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional no es ilegal, pues se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio por el artículo 5° del Decreto Ley N° 321 de 1925, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N°21.124, publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Tercero: Que, además, se debe tener presente que en la especie, la decisión de la Comisión recurrida se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile, en los cuales se señala que si bien el amparado ha logrado avances en su proceso, ellos no son suficientes, pues no logra realizar reflexiones en cuanto a la toma de decisiones, añadiendo que el cumplimiento de su condena en libertad presenta un alto riesgo, de manera que sus necesidades deben ser intervenidas en un contexto protegido y supervisado. Cuarto: Que, en tal sentido, la Comisión recurrida al obrar en el ámbito de su competencia y con antecedentes suficientes en un ambiente protegido y cerrado, para denegar el beneficio impetrado, no ha incurrido en un actuar ilegal, lo que conduce a desestimar el presente recuro.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Javier Enrique Sáez Escudero, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Región de Valparaíso. Comuníquese lo resuelto a la Comisión de Libertad Condicional y al Complejo Penitenciario de Valparaíso, sirviendo la presente sentencia de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese, notifíquese, comuníquese y ejecutoriada, archívese. N°Amparo-808-2023 (Acumulado N° Amparo 847-2023).
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, tres de mayo de dos mil veintitrés. Vistos. En folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de Javier Enrique Sáez Escudero, quien actualmente cumple condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Se indica en el recurso que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 5 años y un día
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