SIN INFORMACION

LARRAECHEA/FREI

Rol

Fecha

3 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DE FALLO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que la acción intentada en autos corresponde a la nulidad absoluta de la hipoteca con cláusula general, constituida por la Sociedad Inversiones Saturno S.A, para garantizar las obligaciones contraídas por un tercero, don Francisco Frei Ruiz-Tagle, con la demandada sociedad Tanner Servicios Financieros S.A., según escritura pública de 25 de octubre de 2017. La hipoteca cuya nulidad se pretende recae en el inmueble inscrito a fojas 45364, N° 42272, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes de Santiago, año 1996, rectificada a fojas 55792, N° 58658 del mismo registro conservatorio. Lo anterior determina concluir que la pretensión de autos se encuentra vinculada, precisamente, al inmueble sobre el cual se solicitó la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos, en los términos que autoriza el artículo 296 del Código de Procedimiento Civil, la que recae entonces sobre el bien que es materia del juicio, sin que se óbice para ello que el bien raíz sea de propiedad de la sociedad demandante por cuando lo planteado en el libelo y la declaración que se persigue es la nulidad de la finca hipoteca -como derecho real que recaer en el bien- por adolecer de vicios que afectarían su validez. 2°.- Que a lo anterior se agrega que el inmueble fue embargado y rematado por otro tribunal en la causa Rol C 27.803-2019, seguida ante el 2° Juzgado Civil de Santiago, sobre acción ejecutiva de desposeimiento, causa iniciada por la sociedad Tanner quien se adjudicó el inmueble, razón por lo cual en las condiciones descritas la medida decretada es pertinente y tiene por objeto garantizar los resultados de este juicio, cumpliendo con ello las exigencias del artículo 298 del Código de Procedimiento Civil. 3°.- Que de los hechos de la causa se infiere un conjunto de antecedentes que configuran la presunción grave del derecho que se reclama, sobre todo si la existencia de la hipoteca, la fecha de suscripción de la escritura de hipote

Fallo

Por estas consideraciones, se rechaza la oposición de lo principal del escrito folio 34, planteada por Sociedad Tanner Servicios Financieros S.A. Al prime otrosí, por haberse tramitado incidentalmente la oposición a la medida precautoria decretada y al oponer los recursos de reposición con apelación subsidiara, solo para el caso que este tribunal estimara que la vía idónea para cuestionar la medida era el sistema recursivo, se declaran inadmisibles los recursos formulados. Al segundo otrosí: teniendo en consideración que el recurso de apelación se interpuso en subsidio de lo anterior y para el caso de estimar este tribunal que la resolución que se pronuncia sobre la medida precautoria, por su naturaleza, es una sentencia interlocutoria, es decir, se mantiene la observación señalada en el sentido que la impugnación se presenta para el evento de no acogerse a tramitación el incidente promovido por vía principal, se declara inadmisible. Comuníquese. N°Ministro Primera Instancia Y Fuero-10-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de mayo de dos mil veintitrés. Al folio 41: como se pide, estese a lo que se resolverá. Al folio 42: Téngase por rectificada la demanda de autos en los términos señalados por el actor. En cuanto al incidente de oposición de lo principal del escrito folio 34: Vistos y teniendo presente: 1°.- Que la acción intentada en autos corresponde a la nulidad absoluta de la

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