DÍAZ/MAGO CHIC ASEO INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Rol
Fecha
4 de mayo de 2023
Materia
PRESTACIONES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el Juez de Letras del Trabajo, sólo procede en contra de las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que, en la especie, no comparte la resolución que se impugna por esta vía, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha trece de abril de dos mil veintitrés en contra de la resolución dictada el día diez del mismo mes y año por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Devuélvase vía interconexión. N° Laboral - Cobranza-1347-2023.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha trece de abril de dos mil veintitrés en contra de la resolución dictada el día diez del mismo mes y año por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Devuélvase vía interconexión. N° Laboral - Cobranza-1347-2023.
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, cuatro de mayo de dos mil veintitrés. Al folio Nº 3; aténgase a lo que se resolverá a continuación. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el Juez de Letras del Trabajo, sólo procede en contra de las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las
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