M.P C/ JUAN ESTEBAN LIRA LIRA
Rol
Fecha
2 de mayo de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que con lo expuesto en la audiencia, aparecen justificados en este estadio procesal los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del imputado, y esta Corte considera que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y, atendido lo dispuesto en la letra c) de esta norma,
Fundamentos
considerando la naturaleza y circunstancias de comisión, bienes jurídicos protegidos y pena asociada al delito, lo que torna insuficientes las restantes cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos previstos en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución de veintidós de abril del año en curso, pronunciada por el Juzgado de Garantía de Talagante, que decretó la prisión preventiva al imputado Juan Esteban Lira Lira. Devuélvase. N° 1201-2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dos de mayo de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 1201-2023 Penal Ruc: 2300439851-3 RIT: 1427-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de Talagante Integrantes: Ministros Alejandra Pizarro Soto, Celia Catalán Romero y la Fiscal Judicial Anamaría Quintero Harvey. Relatora: Andrea Durán Bruce Digitadora: María José Cuevas Defensa: Eduardo Camus Cruz Fiscal: Pamela Ballesteros Ramírez
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