XU/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
2 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: El 31 de enero del año en curso, comparece la abogada Silvana Igor Ulloa, en favor de PEIDE XU, de nacionalidad china, cédula de identidad para extranjeros N° 23.865.401-7, domiciliado para estos efectos en Av. España N°656, comuna de San Fernando, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la omisión del acto terminal en el procedimiento de permanencia definitiva, impidiendo con ello el principio de igualdad ante la ley. Funda su recurso, en que el recurrente, encontrándose dentro del país decide cambiar su condición migratoria, iniciando el proceso solicitud de Permanencia definitiva con fecha 8 septiembre de 2020 la visa de permanencia definitiva, según consta en comprobante de solicitud N°46129934, que acompaña. Sin perjuicio de ello, señala, han transcurrido más de 28 meses, sin que a la fecha se haya resuelto la solicitud, sin que se haya siquiera notificado del avance a la etapa de pago de derechos, siendo éste un prerrequisito de análisis de la solicitud, habiéndose más que superado el plazo de tramitación establecido en la Ley 19.880, infringiendo, además, sus garantías y derechos constitucionales. Por lo anterior, con fecha 26 de enero del presente año, solicita la Ampliación de Solicitud de Residencia Definitiva en Trámite. Refiere que esta demora ha vulnerado visiblemente la garantía constitucional del actor, referente a la igualdad ante la Ley, ya que en otros casos, la recurrida ha resuelto solicitudes en un plazo de 6 u 8 meses. Finalizan solicitando que se acoja su acción y en virtud de ello, se ordene a la recurrida a que se pronuncie sobre la solicitud de permiso de residencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Acompañan antecedentes en que se funda la presente acción. A folio N° 7 compareció el Servicio Nacional de Migraciones, y en cuanto al informe señaló el historial migratorio del recurrente y detalla que requirió la permanencia
Fundamentos
fundamentos de la negativa, de acuerdo a lo referido en la parte expositiva de este fallo. QUINTO: Que, actualmente, no se evidencia actuación ilegal o arbitraria de la recurrida que afecte alguna de las garantías constitucionales del actor y que pueda ser enmendada por esta vía, considerando que el recurrente ya ha conocido el pronunciamiento que se reclamaba, por lo que ninguna medida de protección podría adoptarse, y, así las cosas, la acción deducida no puede prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de PEIDE XU, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 422-2023 Protección. “Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema.”
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua. Rancagua, dos de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS: El 31 de enero del año en curso, comparece la abogada Silvana Igor Ulloa, en favor de PEIDE XU, de nacionalidad china, cédula de identidad para extranjeros N° 23.865.401-7, domiciliado para estos efectos en Av. España N°656, comuna de San Fernando, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones
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